
Si como consecuencia de un accidente de tráfico has sufrido lesiones de cierta gravedad y te han operado quirúrgicamente es importante que sepas que por dicha operación también tienes derecho a ser indemnizado. Aparte de los días muy graves (de estancia en una Unidad de Cuidados Intensivos) y/o los días graves (de estancia hospitalaria) y de las más que posibles secuelas funcionales y estéticas (por ejemplo si existe una limitación de la movilidad, dolor, material de osteosíntesis, cicatrices, etc.) también deberás reclamar un partida indemnizatoria por el hecho en sí mismo de la intervención quirúrgica.
Para conocer la indemnización que podremos reclamar por cada intervención quirúrgica a la que nos hayamos sometido deberemos atender al Artículo 140 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre que dice:
El perjuicio personal particular que sufre el lesionado por cada intervención quirúrgica a la que se someta se indemniza con una cantidad situada entre el mínimo y el máximo establecido en la tabla 3.B, en atención a las características de la operación, complejidad de la técnica quirúrgica y tipo de anestesia.
Como vemos los criterios que nos marca el baremo para valorar la indemnización por la intervención quirúrgica son las características de la misma, la complejidad de la técnica y el tipo de anestesia, todo ello dentro de los límites que marca la Tabla 3.B, es decir entre 400 y 1.600€ por cada intervención.
Para saber la cuantía a reclamar por una operación en concreto deberemos buscar a que «Grupo de Intervenciones Quirúrgicas» pertenece según la Clasificación Terminológica y Codificación de Actos y Técnicas Médicas.
Una vez sepamos el grupo quirúrgico ya podremos hacer la reclamación según los siguientes tramos indemnizatorios:
- Grupo quirúrgico 0: 400-500€
- Grupo quirúrgico I: 501-600€
- Grupo quirúrgico II: 601-700€
- Grupo quirúrgico III: 701-850€
- Grupo quirúrgico IV: 851-1.000€
- Grupo quirúrgico V: 1.001-1.150€
- Grupo quirúrgico VI: 1.151-1.300€
- Grupo quirúrgico VII: 1.301-1.450€
- Grupo quirúrgico VIII: 1.451-1.600€
Por ejemplo, por una intervención quirúrgica sencilla como podría ser la de extracción de cuerpos extraños superficiales de cara y cuello (en el caso de tener clavados pequeños trozos de cristales rotos por el impacto) al encontrarse dentro del Grupo I se podrían reclamar hasta 600€ y en contrapartida por una operación más compleja como podría ser una artrodesis cervical anterior al encontrarse dentro del Grupo VII se podrían reclamar hasta 1.450€.
*Nota importante: En el presente artículo se han aplicado importes del baremo del año 2016.
Si te han operado y tienes dudas acerca de la indemnización que te pertenece indícanos de que tipo de intervención se trata y un abogado especialista en accidentes de Accigest te asesorará.
A qué grupo pertenece una fractura de húmero distal izquierdo con tres fragmentos, de la cual tuvo que ser intervenida, mediante una reducción abierta de la fractura con fijación interna, placa de 3,5 mm. y siete tornillos. Durante la intervención se aisló el nervio radial de la placa mediante colgajo muscular
Hola Paqui, esta intervención pertenece al Grupo V.
Hola. Sufrí un atropello con fractura luxación cadera derecha y fractura abierta tobillo derecho con astrágalo luxado De urgencias me operaron de la cadera (clavo intramedular) y del tobillo (desbridamiento, osteosintesis con tornillos de astrágalo, y fijador externo). ¿Se barema cada cirugía por separado o solo se paga una con el dinero como máximo? Fue en una misma intervención de 5 horas. Un saludo
Hola Javier, cada cirugía se debe cuantificar por separado.
En el accidente de moto que tuve el forense me da 7 de 12 puntos por intervención quirúrgica. Me podrían indicar que quiere decir exactamente y lo que me corresponde.
Gracias por su atención.
Hola, la intervenciones quirúrgicas no se valoran por puntos, seguramente la valoración por puntos sea sobre las secuelas que has sufrido pero necesitaríamos poder acceder al informe médico-forense para asegurártelo. Si quieres puedes enviarnos copia de dicho informe al mail info@accigest.com.
Buenos días, me gustaría saber como valorar a que grupo pertenecería una fractura del maléolo peroneo derecho tratada con reducción y osteosintesis. Gracias.
Hola Ignacio, pertenece al Grupo V.
Hola, una artroscopia de cuerno de menisco interno con anestesia epidural en que grupo entra? Gracias de antemano.
Hola Claudia, pertenece al Grupo V.
Buenas, ¿es la hipoestesia o anestesia en la zona de la cicatriz tras la operación indemnizable? ¿qué tipo de secuela sería?
Hola, toda cicatriz deja a su alrededor una zona de hipoestesia por lo que no se puede reclamar como un perjuicio aparte. No obstante si esta zona es muy grande quizás sea porque te ha afectado al nervio y de ser así lógicamente se tendría que valorar aparte.
Hola, hace poco sufrí un accidente de tráfico con un coche, a raíz de esa colisión me ha salido una hernia inguinal que dicen que hay que operar. ¿A qué grupo pertenece esa operación?, ¿tengo que estar de baja para cobrar indemnización por la operación o puedo estar en activo? ¿Y el dinero es por día en el hospital o por operación? Gracias.
Hola José, la intervención que comentas pertenece al Grupo III. No tienes porque cursar la baja laboral para tener derecho a la indemnización por la intervención quirúrgica. Por cada día de ingreso hospitalario se pueden reclamar 77,61€ y aparte la correspondiente indemnización por la operación. Si quieres llámanos al 630202144 y te asesoraremos al respecto.
Buenas, tuve un accidente de tráfico in itinere, con lo cual le pertenece a la mutua. A consecuencia de ese accidente me ha salido una hernia inguinal y también esguince cervical. Dicha hernia hay que operarla pero la mutua dice que no le corresponde a ellos la operación ya que no se considera accidente laboral. Mi pregunta es ¿A qué grupo pertenece dicha operación y puedo estar en activo para cobrar la indemnización de la operación y su recuperación o debo de seguir de baja? Gracias.
Hola José, la operación que mencionas pertenece al Grupo III. Con independencia de que estés de baja laboral o no te pertenecerá igualmente una indemnización por la intervención quirúrgica y su posterior recuperación.
Yo he sufrido un accidente de moto y llevo un año casi de baja por este motivo, me tienen que operar del menisco. ¿A qué grupo pertenece? Una vez el profesional ha hecho el total de la suma, las aseguradoras suelen negociar la cantidad? ¿Que porcentaje se lleva el profesional por el trabajo realizado? ¿También se puede negociar o está establecido? Gracias.
Hola Cristina, para saber el grupo necesitaríamos saber con exactitud la intervención que te tienen que realizar al menisco. Lamentablemente lo más habitual es que la primera oferta de la compañía aseguradora sea por debajo del importe reclamado. Cada abogado o despacho establece sus honorarios, no existe un porcentaje fijo. Si quieres contacta con nosotros y te explicaremos como trabajamos.
Tuve un accidente de tránsito en moto en jornada laboral, me practicaron cirugía de radio discal mano derecha con una cirugía de 15 puntos y me colocaron platina, ¿a qué grupo quirúrgico pertenece mi caso?
Pertenece al Grupo IV.
Hola, he tenido un accidente y deben reconstruirme el ligamento cruzado anterior de la rodilla, ¿a que grupo pertenece? Gracias.
Hola Jose, pertenece al Grupo V.
Buenas tardes, he sufrido accidente de tráfico con cervicalgia postraumática, y hernia peri-umbilical a causa de una cesárea muy reciente (16 días) impacto en el abdomen tras el alcance del coche que nos dio por detrás, ¿a cuanto ascendería mi indemnización? Gracias.
Buenas tardes Gloria, para poder valorar el periodo curativo así como las secuelas necesitaríamos acceso a toda la documentación médica relativa a las lesiones sufridas en el accidente.
Hola, he sufrido un accidente de motocicleta, el vehículo contrario se dio a la fuga. Tengo lesiones físicas y tienen que operarme el ligamento cruzado anterior de la rodilla izquierda, estoy de baja y quería saber si el consorcio se hace cargo de los gastos médicos y de la indemnización.
Hola Jose, si la responsabilidad del accidente fue del vehículo contrario el Consorcio de Compensación de Seguros se deberá hacer cargo de la indemnización por las lesiones sufridas. Los daños de la moto solo los atenderá el Consorcio si los daños personales han sido significativos, entendiendo como significativos la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera más de siete días de hospitalización. La asistencia médica deberá a abonarla tu compañía en virtud de los Convenios de Asistencia Sanitaria.
Hola buenos días. Tuve un accidente y me operaron por una lesión slap. Fractura de labrum. A qué grupo pertenece? Gracias
Pertenece al Grupo IV.
Muchas gracias. Muy amable por su ayuda.
Hola, la Intervención quirúrgica de reconstrucción pabellón auricular. ¿En cual grupo está?
Hola Miguel, pertenece al Grupo V.
Buenos días, me gustaría saber si las infiltraciones facetarias cervicales que me han tenido que hacer tras accidente tráfico y 110 sesiones de rehabilitación son indemnizables.
Buenos días, la infiltraciones y las sesiones de rehabilitación como tales no son indemnizables no obstante si que lo es el periodo en el que hayas estado haciendo dicho tratamiento. Para saber como se indemnizan los días de curación clica en indemnización por lesiones temporales.
Buenos días. A mi hija la operaron de urgencia en un ojo por traumatismo penetrante corneal en una atracción de feria. Le pusieron 3 puntos que le duraron varios meses. ¿Qué grupo seria?
Hola Sergio, correspondería al Grupo II aunque al no tratarse de un accidente de tráfico desconocemos si se podría reclamar o no dicho concepto por analogía.
Muchas gracias por la respuesta, un saludo.
Buenos días, el 6 de agosto mi padre fue víctima de un accidente de tráfico, como consecuencia a mi padre le partieron la cadera. Vivimos en Canarias y mi padre estaba en su tierra (Burgos) y yo me tuve que desplazar hasta allí. No sabemos a que grupo corresponden sus lesiones ni lo que le corresponde. Gracias.
Hola María Teresa, para saber el grupo quirúrgico deberíamos conocer exactamente la intervención a la que se ha visto sometido tu padre. Aún así, piensa que saber el grupo quirúrgico solo te serviría para calcular la indemnización por la operación y ésta es únicamente una pequeña parte de la indemnización que le corresponde a tu padre. Si quieres llámanos al 630202144 y te asesoraremos al respecto.
Buenos días, me podrían informar del grupo al que pertenece la siguiente operación quirúrgica «enclavado Gamma 3 por fractura pertrocantérea izquierda». A consecuencia de un atropello y con anestesia epidural. Muchas gracias.
Buenos días, pertenece al grupo V.
Buenos días, una operación por fractura de cúbito y radio de la mano izquierda en qué grupo estaría? Gracias.
Hola, pertenece al Grupo V.
En el año 2020 tuve un accidente de tráfico frontal que no fue culpa mía. Me tuvieron que intervenir de las vértebras y tuvieron que ponerme 2 placas entre la vertebra 4-3-2, con 6 tornillos. También me hicieron una intervención en el brazo derecho por los ligamentos rotos. Hoy por hoy no puedo trabajar y estoy muy limitado. Me dieron la incapacidad laboral total. ¿La compañía contraria cuanto me tendría que pagar por las lesiones?
Hola Israel, para calcular una indemnización de lesiones graves como la suya hacen falta muchos más datos. Ruego contacte con nosotros y trataremos de ayudarle al respecto.