Indemnización por muerte en accidente de tráfico

En Accigest somos abogados especialistas en la reclamación de indemnizaciones por muerte en accidentes de tráfico.

Los perjudicados que tendrán derecho a recibir una indemnización en caso de fallecimiento por accidente de tráfico serán: el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados.

La indemnización a la cual tendrá derecho cada perjudicado y que detallaremos más adelante se dividirá en:

  • Perjuicio personal básico
  • Perjuicios personales particulares y excepcionales
  • Perjuicios patrimoniales (daño emergente y lucro cesante)

A continuación explicaremos como se calcula una indemnización por muerte en accidente de tráfico por parte de cada uno de los distintos perjudicados:

Indemnización por muerte en accidente de tráfico (Los allegados)

Los allegados Antes de empezar será preciso aclarar que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 67, son allegados los que, sin tener la condición de cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, hubieran convivido familiarmente con el fallecido en el accidente durante un mínimo de 5 años inmediatamente anteriores al… Leer más

Indemnización por muerte en accidente de tráfico (Los hermanos)

Perjuicio personal básico de los hermanos (TABLA 1A) Tabla 1A hermanos indemnización muerte en accidente de tráfico Perjuicios particulares de los hermanos (TABLA 1B) Según el Artículo 68 y como sucede con el resto de los perjudicados los perjuicios particulares de los hermanos no son excluyentes entre sí y son… Leer más

Indemnización por muerte en accidente de tráfico (Los descendientes)

Los descendientes (Hijos del fallecido/a) Perjuicio personal básico de los descendientes (TABLA 1A) Tabla 1A descendientes indemnización muerte en accidente de tráfico Perjuicios particulares de los descendientes (TABLA 1B) Según el Artículo 68 y como sucede con el resto de los perjudicados los perjuicios particulares de los descendientes son acumulables… Leer más

Indemnización por muerte en accidente de tráfico (Los ascendientes)

Los ascendientes (padre o madre del fallecido/a) Perjuicio personal básico de los ascendientes (TABLA 1A) - Según el Artículo 64 cada progenitor tendrá derecho a recibir la cantidad de: 70.000€ si el hijo fallecido tenía hasta 30 años. 40.000€ si tenía más de 30 años. En el supuesto de premoriencia… Leer más

16 comentarios en “Indemnización por muerte en accidente de tráfico

    1. Accigest dice:

      Hola, en base al Artículo 36.2 de la LRCSCVM, si puede acreditar que ha convivido un mínimo de un año inmediatamente anterior al fallecimiento o un período inferior si tiene un hijo en común, si que se le considerará perjudicada y tendrá derecho a ser indemnizada. Si quieres, dile que nos llame y miraremos de ayudarle.

  1. María dice:

    Buenas tardes, mi pareja falleció en un accidente por imprudencia (diligencia de la guardia civil), no vivíamos juntos, yo iba a su casa dos o tres días a la semana, y él venía a la mía dos, llevábamos siete años juntos. Nos íbamos juntos en vacaciones los cuatro, con su hija y mi hijo que tiene una discapacidad. Yo saqué mis cosas las llaves y el mando de mi casa, de su casa, le di a su hermano las llaves y el mando de su casa. Y dejé las pertenencias que yo tenía y las que me dieron en el hospital en su casa. Sé que no tengo derecho a nada o eso creo, me gustaría saber la cuantía en la que oscila la indemnización. Gracias. Un saludo

    1. Accigest dice:

      Hola María, en tu caso, antes de nada, se tendría que mirar la forma de acreditar esta convivencia que mencionas pues el Art. 36.2 de la LRCSCVM dice lo siguiente: «2. A los efectos de esta Ley, se considera que sufre el mismo perjuicio resarcible que el cónyuge viudo el miembro supérstite de una pareja de hecho estable constituida mediante inscripción en un registro o documento público o que haya convivido un mínimo de un año inmediatamente anterior al fallecimiento o un período inferior si tiene un hijo en común.»
      Si quieres llámanos y miramos de ayudarte. Saludos.

      1. María De Los Reyes Ávila Pacheco dice:

        Gracias, no hay documento alguno de pareja de hecho, no inscripción en ningún registro. Yo tengo un hijo con discapacidad, y no podíamos vivir los cuatro juntos. Cada uno tiene su casa….y sus horarios de trabajo, y jugábamos con todo para estar juntos.
        Gracias de nuevo por todo

    2. Cruz dice:

      Hola mi esposo fue atropellado en el 2018, las autoridades no nos notificaron, lo encontramos en un hospital y murió a los días, supe que hubo un detenido el cual liberaron al siguiente día. Me enteré que hubo un expediente el dia que pedí el papeleo para su funeral, hasta el dia de hoy nadie me ha contactado para la indemnización y por ignorancia yo no he reclamado nada.

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Opiniones de nuestros clientes

Roger Aranguren Avatar
Roger Aranguren
12/04/2026
Excelente Atención, pendientes en todo momento, vamos unos profesionales. Los Felicito y recomiendo, son Excelentes 💯💯💯
Jesús Liz Avatar
Jesús Liz
10/04/2026
El trato es espectacular. Montse, abogada, ha gestionado todo perfectamente, parece que hemos ganado el juicio, en dos días se confirmará. Ya le dije que ganásemos o no sólo por los servicios repetiría de por vida. Muchas gracias, de todo corazón!
Marya Lorente Avatar
Marya Lorente
10/04/2026
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jose bermejo Avatar
jose bermejo
10/04/2026
jvicente benavent Avatar
jvicente benavent
10/04/2026
Rapidez Atencion asesoramiento.Bien informados y guiados en todo momento
Saul Moreno Avatar
Saul Moreno
10/04/2026
Muy buena atención y trabajo de Kely, le doy las gracias por la ayuda y por todo lo que se esforzó por conseguir el mejor resultado