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¿Han declarado tu vehículo siniestro total? Tenemos la mejor solución
Si ha llegado hasta aquí, seguramente sea porque la compañía de seguros le ha comunicado que han declarado su coche o moto siniestro total tras haber sufrido un accidente de tráfico. Si quiere saber lo que esto significa y la mejor solución para su caso en concreto, le interesará seguir leyendo.
A groso modo un vehículo es declarado siniestro total cuando después de un accidente el valor de reparación del mismo es superior al valor del propio vehículo.
En esta situación sus derechos serán unos u otros dependiendo de si ha sido o no el responsable del accidente, y de si el vehículo se encontraba asegurado a Todo Riesgo o a Terceros.
Siga los siguientes pasos, nosotros le ayudaremos:
Revisa a continuación las condiciones del contrato y si estás de acuerdo con ellas pulsa “Generar contrato”. Automáticamente lo recibirás en tu cuenta de correo con las indicaciones pertinentes para proceder a su firma.
Veamos los distintos supuestos:
Siniestro total por accidente sin culpa
Tenía el coche aparcado y se lo han golpeado o simplemente ha tenido un accidente sin culpa alguna y, sin comerlo ni beberlo, se encuentra sin coche y, por si esto fuera poco, su compañía de seguros le ha comunicado que lo han declarado siniestro total.
Abramos en este punto un paréntesis para explicar que en el caso de que tu vehículo esté asegurado a Todo Riesgo tendrá derecho a ser resarcido por tu propia compañía por el valor pactado en la póliza (ver siguiente apartado SINIESTRO TOTAL POR ACCIDENTE CON CULPA). Si considera que dicha indemnización no le resarce la totalidad de daños y perjuicios causados, será de aplicación también lo dispuesto a continuación.
Así pues, tras la comunicación de siniestro total se estará preguntando qué derechos tiene y cómo puede ejercerlos, pero antes de explicárselo es necesario que conozca contra quién deberás ejercerlos.
Aunque le parezca sorprendente, la mayoría de las veces, en virtud de los Convenios CIDE, ASCIDE y CICOS, suscritos por las principales compañías aseguradoras en caso de siniestro, quien pagará extrajudicialmente la reparación o la indemnización por la pérdida total de su vehículo será su propia compañía de seguros, aunque el accidente no haya sido culpa suya. Únicamente se deberá reclamar a la compañía del responsable del accidente cuando no sean de aplicación los mencionados convenios o cuando dicha reclamación se tenga que hacer judicialmente.
Dicho esto, debería tener claro que su compañía de seguros no le va ayudar a conseguir la máxima indemnización, pues en la mayoría de los casos será ella misma la que deberá abonársela.
Cuando la culpa no haya sido suya, legalmente, estaremos en lo dispuesto en el Artículo 1.902 del Código Civil que dice:
El que por acción u omisión causa un daño a otro interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
El plazo de prescripción para ejercitar la reclamación al responsable del accidente es de un año desde la fecha del siniestro según lo dispuesto en el Artículo 1.968 del Código Civil.
Conviene considerar que según el Artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro la compañía aseguradora incurrirá en intereses de mora cuando «…no hubiere cumplido su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro…».
Bien, vayamos a lo que interesa, si han declarado su vehículo siniestro total tiene estas cuatro opciones:
1- Reclamar la máxima indemnización sin quedarme con los restos del vehículo:
Esta es la mejor opción si quiere olvidarse del vehículo accidentado y reclamar la máxima indemnización, la cual debería permitirle comprar otro coche o moto de similares características.
Debe saber que, en este caso, tiene derecho a reclamar una indemnización correspondiente al valor venal del vehículo siniestrado más el treinta por ciento de dicho importe como valor de afección, en el supuesto de que el vehículo en cuestión sea un turismo o una motocicleta (el porcentaje del valor de afección puede variar según criterios jurisprudenciales de cada zona).
El valor resultante en la mayoría de casos será similar al valor de mercado del vehículo, es decir, al precio de compra de dicho vehículo en el mismo momento del accidente. Si el valor resultante fuese muy inferior al valor de mercado se debería realizar la reclamación en base al mencionado valor de mercado del vehículo.
El valor venal es el importe que se obtendría por la venta del vehículo en el momento del accidente. Para conocer este valor deberemos acudir a empresas especializadas en tasaciones de vehículos como pueden ser Ganvam o Eurotax.
A modo de ejemplo, a continuación pueden ver el valor venal de un coche en concreto:
El acceso a estas tablas de valoración es restringido, solo tienen acceso los asociados a las mismas (talleres mecánicos, gabinetes periciales, compañías de seguros, despachos de abogados, etc.). Se debe tener en cuenta que los valores que constan en las tablas publicadas por el Ministerio de Hacienda en cuanto a la valoración de vehículos no son los que se deben aplicar para este menester.
Entonces, por ejemplo, si el valor venal de su vehículo es de 2.000€, le pertenecerá la siguiente indemnización:
2.000€ (valor venal) + 600€ (30% del valor venal como valor de afección) = 2.600€
Si la compañía no quiere quedarse con los restos del vehículo deberá facilitarle una oferta vinculante por los mismos de alguna empresa especializada o desguace. De este modo, cobrará el valor de los restos por parte del desguace y la compañía le abonará el total de la indemnización menos el importe de los restos ya cobrado.
POSIBLE PROBLEMA:
- Seguramente la compañía le traslade una oferta a la baja teniendo en cuenta solo el valor venal, sin considerar el valor de afección.
2- Reclamar la máxima indemnización quedándome con los restos del vehículo:
Esta opción es la mejor si quiere quedarse el vehículo tal y como está ahora, para venderlo o para repararlo por su cuenta, y además reclamar la indemnización pertinente.
Debe saber que, como en el anterior caso, tiene derecho a reclamar una compensación que será el valor venal del vehículo siniestrado más el treinta por ciento de dicho valor como valor de afección, aunque en este caso a dicha indemnización se le restará el valor de los restos que te facilite la compañía mediante una oferta vinculante.
Por ejemplo, pongamos que el valor venal del vehículo sigue siendo de 2.000€, como en el anterior caso, y que el valor de los restos (del coche tal y como está ahora) es de 250€:
2.000€ (valor venal) + 600€ (30% del valor venal como valor de afección) - 250€ (valor de restos) = 2.350€
POSIBLE PROBLEMA:
- Seguramente la compañía le traslade una oferta a la baja teniendo en cuenta solo el valor venal, sin considerar el valor de afección.
3- Reparar el vehículo y posteriormente reclamar el coste de dicha reparación:
Si lo que quiere es reparar su vehículo, lo más aconsejable es que adelante el importe de la factura de dicha reparación para posteriormente reclamar el pago de dicho importe a la compañía aseguradora, primero extrajudicialmente y, en última instancia, por la vía judicial (en base al Artículo 1.902 del Código Civil). En ambos supuestos, se considera que el documento que acredita de forma fehaciente el hecho de haberse llevado a cabo la reparación es la factura y su correspondiente recibo.
Esta reclamación casi siempre termina de forma satisfactoria, pero cuando el valor de reparación excede por mucho al valor del vehículo existe el riesgo de que el juez la estime como una operación anti-económica y solo pueda recuperar parte del importe de la factura.
POSIBLES PROBLEMAS:
- Si la reclamación se realiza por la vía judicial la resolución se puede retrasar varios meses.
- Si el valor de reparación excede por mucho al valor de mercado del vehículo el juez podría considerarla como una operación anti-económica y condenar a la compañía a pagar solo una parte de la factura.
4- Reclamar el coste de reparación del coche sin haberlo reparado:
Si lo que quiere es reclamar el importe de la reparación, pero sin tener que adelantar el dinero, lo primero que deberá conseguir es un peritaje, un presupuesto o una factura pro-forma del coste de la reparación.
Con total seguridad la compañía no querrá hacerse cargo de la misma de forma amistosa, así que tendrá que reclamar el coste de reparación judicialmente.
De este modo, al igual que en el caso anterior, si el coste de reparación es muy superior al del valor del vehículo el juez puede estimar dicha operación como anti-económica.
Por otro lado, al no haberse efectuado la reparación, el juez puede interpretar que dicha reparación no se va a efectuar y por tanto no considere acreditado el perjuicio real, condenando a la aseguradora tan solo a abonar el valor venal del vehículo. Además, al carecer de factura, el juez jamás considerará la indemnización correspondiente por el concepto del IVA que no se ha llegado a soportar.
POSIBLES PROBLEMAS:
- Si la reclamación se realiza por la vía judicial la resolución se puede retrasar varios meses.
- Si el valor de reparación excede por mucho al valor de mercado del vehículo el juez podría considerarla como una operación anti-económica y condenar a la compañía a pagar solo una parte del presupuesto o peritaje.
- Al carecer de factura podrían condenar a pagar solo la base imponible del presupuesto sin el IVA.
- Podrían no considerar acreditado el perjuicio al no disponer de factura.
Siniestro total por accidente con culpa
Si ha sufrido un accidente del cual ha sido el responsable, solo tendrás derecho a la indemnización por la pérdida total del vehículo en el supuesto de que tenga contratado un seguro a Todo Riesgo.
La indemnización que le corresponderá será la establecida en las condiciones particulares y generales de la póliza contratada. Nos podemos encontrar con entidades aseguradoras que fijan la indemnización según el valor venal, otras según el valor de mercado y algunas en determinados casos el valor de nuevo. El estudio del condicionado de la póliza y el conocimiento de dichos valores será determinante para poder valorar si la oferta de indemnización es correcta o no.
Puesto que nos hallamos en una reclamación contractual el plazo de prescripción para ejercitar dicha reclamación es de dos años según lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro.
Según el Artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro la compañía aseguradora incurrirá en intereses de mora cuando «… no hubiere procedido al pago del importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro.».
POSIBLES PROBLEMAS:
- Que la oferta de la compañía no se ajuste a lo contratado en póliza.
Si le ha quedado alguna duda acerca de sus derechos, puede contactar con los gestores expertos de Accigest o dejar un comentario a continuación para que se la resolvamos.
Buenos días, he tenido un accidente en el que han dado mi coche siniestro total. Me gustaría saber si me pueden ayudar a saber cual sería el valor de mi coche. Es un Kia Ceed 5p UEFA EURO2016 1.4 CRDi 90CV con 75.000 km. Muchas gracias.
Hola Lucía, el valor venal de tu coche es de 9.370,00€. Si el accidente fue responsabilidad de un tercero deberían indemnizarte por el valor venal más el valor de afección.
Tuve un accidente el cual perdí el control, una persona se cruzó la carretera y perdí el control. El seguro determinó que es pérdida total. Mi vehículo es un Seat Ibiza 2015 1.2 tsi Style 3 puertas. Quería saber cuanto me deberían pagar por el auto.
Hola Cristian, no queda claro si la responsabilidad del accidente fue suya o no. Si lo fue, para saber el valor que deberían abonarle antes deberíamos comprobar la póliza. Aparte, para saber el valor venal de su coche deberíamos saber la potencia exacta pues el modelo 1.2 tsi Style existe con diferentes potencias.
Buenos días. Lo primero, muchas gracias por vuestro trabajo! Hace dos semanas tuve un accidente sin culpa, el presupuesto de reparación asciende a +- 2200€ y la compañía contraria me lo da por siniestro. El coche es un Golf Gti Mk3 115cv año 93, desconozco totalmente el valor de mercado. Por uno igual en buenas condiciones solo los encuentro por 3500€.
Aparte de las soluciones anteriormente descritas no puedo solicitar que la compañía contraria me consiga uno de las mismas características? Muchas gracias de nuevo.
Hola Fabio, deberías conseguir una indemnización suficiente para poder comprarte otro coche igual y del mismo año que el tuyo. Ahora bien, no, la compañía no está obligada, en ningún caso, a conseguir otro coche de las mismas características.
Buenos días, tengo un Toyota Hilux del año 1999 con 270 mil km, me dieron un golpe y la compañía aseguradora me da 700 € de risa y el valor venal que me informe es de 3000 y pico euros. ¿Qué tengo que hacer porque dicen que no pagan el valor venal sino otro por donde se rige el seguro?
Hola Beatriz, te aconsejo que contrates el siguiente servicio pues si no conseguimos una mejora no cobramos nada, no tienes nada que perder:
Buenas tardes. La semana pasada tuve un accidente con mi vehículo (culpa mía sin daños a terceros), se trata de un hyundai i20 active tecno de diciembre de 2019. La compañía me ha dado siniestro el vehículo. Según el contrato tengo derecho a indemnización de valor de nuevo. Les he presentado contrato de compraventa y contrato de financiación pero la compañía me exige factura de compra que no tengo y donde lo compré con la crisis está cerrado. El coche me costó 12.900 euros. ¿Cuál es el valor del coche y que es lo que me tendría que pagar la aseguradora? La reparación cuesta 16.000 euros, ¿si yo quiero repararlo tendría que pagar la diferencia? Un saludo. Gracias.
Hola José Antonio, entendemos que si la factura se ha extraviado el contrato de financiación debería ser suficiente. No podemos facilitarle el valor del coche pues necesitamos saber el modelo con más exactitud y conocer la potencia del mismo. Si, al tratarse de un accidente sin terceros, si decidieras repararlo deberías pagar la diferencia entre el coste de reparación y la indemnización correspondiente.
Hola. He tenido un accidente sin contrario con mi Ssangyong Rodius 2.7 xdi del año 2010, matrícula GTS. Tengo una póliza todo riesgo con franquicia de 200 euros en la Mutua y creo que lo van a dar como siniestro total. Me gustaría saber si me podrían decir, cuanto aproximadamente me podrían dar por el coche. Muchas gracias.
Hola Adolfo. Deberíamos tener el condicionado de la póliza para saber el valor por el cual deben indemnizarte. Lo que podemos decirte es que el valor venal de tu coche es de 3.930,00€ a no ser que tenga el acabado Limited.
Hola. A últimos de julio nos dieron un golpe frontal en mi coche sin tener nosotros la culpa. Me han dicho que me dan el coche siniestro total. Dicen que me lo tasan en el 75 % del valor venal y no hemos tenido nosotros la culpa. Lo que quisiera saber cuál es el valor venal de mi coche. Es el opel corsa esentia 1.3 cdti 5 puertas. Color blanco. De noviembre de 2009 con 82.000 km. Yo lo que quiero es que me lo arreglen. El perito dice que el valor aproximado de reparación es de 3.200 euros. Y que me Dan 1900 con el 30% ya aplicado. Muchas gracias.
Hola Carmen, el valor venal de tu coche es de 1.870,00€. Salvo error el importe de 1.900€ no lleva aplicado el 30% de valor de afección.
Muchas gracias por la información. Me han dicho que se queda en 1931 euros con el 30% aplicado y tratando el valor de los restos que son 500 euros ya que quiero arreglar el coche.
Si le entiendo bien le ofrecen 1.931,00 € y aparte usted se puede quedar con los restos del coche que están valorados en 500 €. De ser así, bajo nuestra opinión, la propuesta se acerca mucho a lo correcto.
Hola, hace unos días nos ardió el coche el perito nos hizo un valor del coche de 2.700€, lo que me gustaría saber es cuánto nos va a dar el seguro por qué lo tenemos contra incendios y lunas
Hola Tania, eso dependerá de lo que esté establecido en el condicionado de la póliza. Si quiere contacte con nosotros y le ayudaremos al respecto.
Mi hijo con 19 años ha tenido un accidente con el coche, se le cruzaron unos animales (corzos) y al intentar evitarlos se salió de la carretera y volcó dando varias vueltas de campana. No se hizo nada y lo primero que hizo fue llamar a la Guardia Civil, ésta llamó a la grúa e hizo prueba de alcoholemia, dio 0,31 y en los noveles el máximo es 0,15. El coche esta a todo riesgo pero parece que será siniestro total, ¿me va a cubrir o voy a tener que pagar todos los gastos, grúa, reparación, estancia en depósito grúa, etc.? Gracias.
Hola Eduardo, si la cláusula de la póliza en la que se excluye la cobertura en caso de alcoholemia no está debidamente firmada la compañía debería indemnizarte por la pérdida total del coche pues se trata de una cláusula limitativa.
¿Cuál es el valor venal de mi Skoda Superb 1900 tdi, 105 Cv 137.000 Kmm año 2013, de cuatro puertas? Gracias.
Necesitamos conocer el tipo de acabado y si es manual o automático.
Buenos días. La compañía me da pérdida total de la moto, por un accidente con culpa. El valor venal son 3350, por los restos 850. Tengo una franquicia del 10 %. Esa franquicia me la quieren aplicar sobre el valor venal. Si yo me quedo con los restos, la franquicia la tienen que aplicar sobre el valor venal? O bien sobre la cantidad que de, una vez descontado los restos? Es decir el 10% de 2500. Muchas gracias y un saludo.
Hola Antonio, entiendo que la franquicia deberá aplicarse sobre el valor de la moto sin descontar el valor de los restos pero deberías asegurarte de que sea así revisando las condiciones de la póliza.
Hola. Muchas gracias por responder. En la póliza no especifica sobre que importe se aplica la franquicia. Solo pone 10% en caso de pérdida total.
Hola Antonio. Entendemos que es sobre el valor total.
He tenido un accidente sin culpa, mi vehículo es del 2005 y su valor venal es de 1350 €, mi compañía me ofrece el valor venal + 30 %, pero esos 1750 € se quedan muy lejos de los 3.000 € que había pagado por el coche 13 días antes del accidente. He estado buscando por internet ofertas de coches exactamente iguales que el mío, con los mismos km aproximadamente y el valor de mercado no baja de esos 3.000 €. ¿Creen que podré conseguir con ustedes que me paguen los 3.000 €? Además el coche también tiene enganche para remolque, lo que a mi entender le da mas valor que al coche standard.
Hola Juan, si podemos acreditar que 13 días antes del accidente el coste del vehículo fue de estos 3.000€ y si como dices el valor de mercado está alrededor de estos 3.000€ considero que deberíamos conseguirlo.
Buenas tardes, he tenido un accidente con culpa y han declarado siniestro total mi coche.
Aunque tiene menos de dos años y lo tengo a todo riesgo, al comprarlo de KM 0 me dicen que solo me indemnizarán con el 80% por ser considerado de segunda mano.
Como todavía esta financiado, el tramitador me dice que en vez de pagarme a mi lo hará a la financiera directamente, por lo que al no haber pagado todavía la parte correspondiente a los dos primeros años de cuotas mensuales, me cobraran los intereses correspondientes a los meses que queden por pagar. ¿Tiene que ser así o puedo exigir que me lo den todo a mi y arreglarme yo con la financiera?
Hola Igor, deberíamos revisar bien el condicionado de la póliza para saber si deberían pagarte el 80% o el valor de nuevo a pesar de haberlo comprado de KM 0, pues no es algo tan claro. Por otra parte, si el coche tiene una reserva de dominio, como te han dicho, la aseguradora deberá cancelar la deuda con la financiera.
Hola he tenido un accidente multiple en autovia con cuatro coches más implicados, yo era el último ya que otro coche se metió en mi carril justo cuando los de delante empezaron a frenar y se chocaron y yo le dí a este último por detrás. Supongo que darle al de delante ya se considera que tengo la culpa aunque se metiera en mi distancia de seguridad con el de delante. Me han dicho que van a dar el coche como siniestro porque dicen que los daños superan el valor del coche y me gustaria saber cual és el valor venal del coche por si la diferencia entre lo que me dan y la reparación no es mucha y poner yo lo que falte, es un Kia Carens manual matriculado en 2014 concept gasolina gdi 1600. Un saludo y gracias.
Hola Jose, antes de nada es importante que consigas copia del atestado policial para poder aclarar la responsabilidad de cada conductor en la producción del accidente. El valor venal de tu coche es de 8.250,00€.
Hola, me han dado el coche siniestro debido a una inundación. La póliza está a terceros con lunas pero como se ha declarado zona catastrófica paga el consorcio. Mi pregunta es si pueden hacerme el abono del importe que ellos estiman sin yo haber firmado el documento de aceptación.
Cuando me pasaron el valor del coche que me iban a pagar les remití el valor que me dan en la página de hacienda porque hay una diferencia de 500e y no firme nada. Bueno pues me han hecho la transferencia por lo que ellos han querido. Lo pueden hacer? Es legal?
Hola Cristina, si, lo pueden hacer pero al no haber firmado ninguna renuncia puedes seguir reclamando lo que consideres oportuno.
Buenos días. El pasado día 27 de septiembre sobre las 22:00 tuve un accidente con un jabalí. Siguiendo a través de la web del seguro, del que soy tomador, vimos que el 2 de octubre finalizaron la peritación.
El día 5 me envían un email solicitando copia del DNI y justificante bancario de la titular del coche, comentarles que está a nombre de mi madre. Me dicen que responda a SINIESTRO TOTAL para la correcta tramitación del expediente. De esta forma he sabido que ha sido siniestro.
Al día siguiente me llaman por teléfono para reiterarme la anterior documentación y al pedirles que antes me comunicaran por escrito que el coche había sido siniestro me contestan que ellos tienen la obligación de indemnizarnos antes y luego ya me envían la valoración del coche siniestrado y que sería el taller el que me pasaría el presupuesto del arreglo.
No recuerdo si fueron dos o tres días cuando me vuelven a llamar solicitando de nuevo la documentación. Ya me dan el valor del siniestro, que me pagarán el valor de mercado del vehículo, 5.300€, un Audi A4 2.0 TDI del 2007 y me detallan el coste de la reparación, que con IVA alcanzaría los 10.800€.
Les reitero que entiendo que primero me tienen que comunicar «por escrito» que el coche ha sido siniestro y que también «por escrito» me deberían pasar antes la tasación del coche y el valor de la reparación. Insisten en que primero les mande la documentación.
Pues a los dos o tres días vuelven a llamar, yo les reitero mi petición y ellos que no y que si no les envío la documentación solicitada ellos enviarán un talón y listo.
¿Esto es así? Y si no lo es ¿Cómo debo proceder?
Gracias anticipadas.
Hola José Ramon, si que pueden obligarte a recibir el ingreso que ellos consideren oportuno, incluso mediante un procedimiento de Consignación Judicial. Ahora bien, dicho cobro no implica por tu parte ninguna renuncia a seguir reclamando lo que consideres adecuado.
Buenos días. El accidente de mi coche fue la típica colisión múltiple de 9 vehículos. Mi coche era el cuarto, con lo que, según el informe de tráfico yo di al coche de delante y a mi me dio el coche de detrás.
Mi compañía (Mapfre) manda al perito y después de ver los daños me da el coche siniestro. Y tengo varias duda:
– Me hacen un oferta por le valor de mercado del coche, no tienen en cuenta el valor venal. No se si el valor venal suele ser mayor o menor que el valor del coche. ¿Está la compañía obligada a proporcionarme, si lo solicito, el valor venal de mi coche?. Y si este + el valor de afección es mayor que la indemnización que me han dado, ¿puedo decirles que quiero que me paguen esa cantidad?.
– Si acepto la indemnización que Mapfre me ofrece y reparo el coche, ¿puedo luego reclamar los costes de la reparación de la parte trasera a la compañía del coche que me dio por detrás?.
– He leído que la compañía no puede dar de baja mi póliza sin mi consentimiento, sin embargo la compañía me dice que en la póliza que yo firmé en al artículo xxx (no se cual es) se indica que en estos casos la póliza se anulará con fecha del siniestro. ¿Es esto así?.
– Y por último, me dicen que la póliza se anula con fecha del siniestro, pero que sin embargo me cobran el año entero. ¿es esto legal?. ¿no tendré que pagar hasta el día que me anulan la póliza. Muchas gracias.
Hola Eduardo, para poder responderle a estas preguntas necesitamos saber si el coche estaba asegurado a todo riesgo y si la oferta cursada por Mapfre es en virtud de esta cobertura o si es en aplicación de algún convenio de indemnización directa.
Buenos días: ¿Sería posible conocer el valor venal de una motocicleta Kymco Grand Dink 125 (124cc) de Abril de 2005? Con objeto de contrastar con el valor de reparación. Muchas gracias de antemano y un saludo.
Hola Julio, el valor venal de su moto es de 530,00€.
Hay muchas posibilidades de dar el coche por siniestro, quería saber el valor venal del coche. Es un mercedes c 220 bluetec, 170 caballos, manual, color blanco, del año 2015, en la cláusula de la póliza dice que me pagarán el valor venal y que me descontarían el valor restante y podría quedarme con el coche. Lo cierto que el coche tiene daños materiales, es decir que no afectó el golpe ni al motor ni al chasis. Gracias de antemano, un cordial saludo.
Hola José Antonio, el valor venal de su coche es de 15.550,00€.