Aunque con mucho retraso y a solo dos meses de que termine el año en curso, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha publicado mediante Resolución de fecha 3 de octubre de 2017 las tablas indemnizatorias actualizadas para los accidentes de tráfico ocurridos durante este 2017.
Clicando en el siguiente enlace podrás descargarte el BAREMO DE ACCIDENTES DE 2017.
Esta actualización se basa en el Artículo 49 del baremo de tráfico, el cual copiamos a continuación:
1. A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios.3. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones hará públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas para facilitar su conocimiento y aplicación.
La resolución determina que el ajuste se fija en base al índice de revalorización de las pensiones, dicho ajuste tal y como avanzamos en enero en esta entrada de nuestro blog será del 0,25%.
Sobre las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, la tabla de gastos de asistencia sanitaria futura y sobre el perjuicio patrimonial del lucro cesante del lesionado con dedicación a las tareas del hogar no se sabe nada.
Entendemos que las indemnizaciones por lucro cesante y de ayuda de tercera persona se deben actualizar conforme las Bases Técnicas Actuariales, las cuales se publicaron por la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en Octubre de 2016, y que al mismo tiempo éstas deben actualizarse aplicando el IPC.
La tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se renovará en base a lo que se establezca en los convenios sanitarios suscritos con los servicios de salud públicos.
El perjuicio patrimonial del lucro cesante del lesionado con dedicación a las tareas del hogar deberemos actualizarlo en base a la subida del salario mínimo interprofesional que este año se ha incrementado en un 8%.
Si como lesionado en un accidente de tráfico tiene cualquier duda acerca de como se debe aplicar el actual baremo no dude en contactar con los abogados de accidentes de Accigest.