Reclamación de indemnización por accidente al Consorcio

Coche paraguas. Abogados accidentes de tráfico. Accigest

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública al servicio del sector asegurador. Se encuentra adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad y posee personalidad jurídica propia.

Cuando se contrata un seguro de daños propios o a terceros ampliado con incendio, robo o lunas, se suma un recargo a su precio que paga el tomador del seguro. Este recargo será ingresado al Consorcio por parte de las compañías aseguradoras. El Consorcio tiene estos recargos como ingresos principales.

Entre otras funciones, el Consorcio de Compensación de Seguros se debe hacer cargo del pago de las indemnizaciones por accidente de tráfico en algunos supuestos.

¿Cuándo podemos reclamar una indemnización por accidente al Consorcio?

Vehículo sin seguro

En el caso de que el vehículo responsable del siniestro no esté asegurado, el Consorcio deberá hacerse cargo de las indemnizaciones por lesiones y daños materiales.

Vehículo desconocido

Si el vehículo causante del accidente de tráfico se ha dado a la fuga del lugar del siniestro y nos ha sido imposible identificarle, el Consorcio se hará cargo de la indemnización por daños personales.
Solo en el caso de que los daños personales hayan sido significativos el Consorcio de Compensación de Seguros deberá abonar también la indemnización por daños materiales pudiendo fijar en este caso una franquicia no superior a 500€. Se consideran daños significativos: la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera más de siete días de hospitalización.

Es importante destacar que en este tipo de accidentes resulta imprescindible tener pruebas de la existencia del mismo, por ello resulta muy aconsejable avisar a la Policía en el lugar del accidente y tomar los datos de todos los posibles testigos. Aunque el vehículo causante no se encuentre en el lugar del accidente la Policía podrá comprobar que existan indicios de la participación de otro vehículo en el accidente (cristales rotos, marcas de frenado, etc…).

Compañía de seguros en liquidación o insolvente

Si la entidad aseguradora del vehículo causante del siniestro se encuentra en suspensión de pagos o bien ha sido declarada en fallida, el Consorcio indemnizará a las victimas tanto por los daños personales como por los daños materiales sufridos.

Vehículo robado

Cuando el vehículo responsable del accidente haya sido robado, el Consorcio se hará cargo de las indemnizaciones tanto por lesiones como por daños materiales.

El Consorcio de Compensación de Seguros no indemnizará a aquellas personas que voluntariamente sean ocupantes del vehículo responsable.

Si el vehículo culpable del siniestro no ha sido objeto de un robo sino de un hurto será la compañía aseguradora del mismo vehículo quién deberá hacerse cargo de las oportunas indemnizaciones.

Controversia entre la entidad aseguradora y el consorcio

El Consorcio indemnizará tanto por daños personales como por daños materiales a los perjudicados en un accidente de tráfico cuando exista una controversia acerca de quién debe indemnizar al accidentado.
Si posteriormente se resuelve que es la compañía de seguros la que debería haber abonado la indemnización, esta tendrá que pagar al Consorcio la cantidad previamente indemnizada más los intereses legales incrementados en un 25% desde la fecha en que se abonó la indemnización.

Si ha sufrido un accidente y se dan las circunstancias descritas anteriormente llámenos al 630202144 o rellene el formulario de contacto. Estudiaremos su caso y le ayudaremos en la reclamación de la indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros.

66 comentarios en “Reclamación de indemnización por accidente al Consorcio

  1. David dice:

    Hola, ayer circulando por la A-21 en Navarra (autovía con peaje en la sombra….autovía con Concesionaria que se ocupa de su mantenimiento reparación, limpieza, quitanieves etc…. y que cobra de Gobierno de Navarra, de los presupuestos de este, según los coches que por ella circulen (hay contadores de vehículos en la vía)) me encontré con un tubo de escape en mitad de la vía, no pudiendo esquivarlo pasé por encima del mismo con los consiguientes daños en mi vehículo. Avise a Policía Foral, que se personó, encontró el tubo de escape y abrió expediente. Tengo seguro a todo riesgo con franquicia de 300€, ¿tendría derecho a reclamar al consorcio o a la concesionaria de la vía? ¿se debería encargar mi compañía de seguros? De primeras me dijeron que no me cubre el consorcio y me pusieron pegas al respecto de reclamar a la concesionaria de la vía.

  2. Jeronimo Gonzalez Perez dice:

    Hola. El 22 de diciembre de 2019 en Gerona hubo una gran ventisca por la noche con velocidades de viento a más de 120 kms por hora. Tenía el coche aparcado delante de un edificio en la calle Zamora,número 3. Debido al viento se desprendió una claraboya del tejado a una altura de cinco pisos, cayendo encima del coche dañandolo en varias partes del lateral izquierdo. Me dicen en el seguro que debo acudir al Consorcio. ¿Me pueden ayudar?

  3. Nylie dice:

    El pasado mes de febrero tuvimos un accidente en el coche, se nos cruzó un peatón corriendo e impactó en el capo del coche teniendo éste daños. Acudió atestados y dictaminó después de la larga cuarentena que nosotros no éramos los culpables ya que teníamos el semáforo en verde, el peatón tenía su semáforo en rojo y cruzó corriendo y tenían los suficientes testigos para así dictaminarlo, incluidas fotos de todo… Pues bien mi duda es que el peatón tiene una discapacidad, como así nos lo hicieron saber, y se ha declarado insolvente, nos han dicho que tenemos que denunciarlo para que nos pague los daños pero: ¿en tal caso que no pueda pagarlos estos daños nos lo paga el consorcio?
    Según nos han comentado, esté no tiene porque hacerse cargo de indemnizaciones por peatones aun teniendo ellos la responsabilidad. ¿Es esto cierto? ¿Tengo yo que cubrir los gastos del arreglo aún sin tener culpa alguna? Nuestro seguro es a terceros ampliado.

  4. Macarena dice:

    Buenos días, mi compañera de vehículo fue la causante el accidente y no tenía seguro. El consorcio me ha pagado una indemnización pero ésta resulta mucho menor que la que me correspondería a mi entender. ¿Puedo reclamar el exceso tanto al consorcio como a mi compañera de vehículo? Gracias.

  5. Manel dice:

    El 28 de Agosto, un patinete, saltando a la calzada. Impactó en el lateral de mi vehículo causando rotura del cristal delantero y daños en el retrovisor y plancha. Vino la policía local y se abrió un parte. Parece ser que la compañía ha intentado ponerse en contacto con el chico pero sin éxito. En caso de no localizar al chico o que sea insolvente, ¿el Consorcio tiene que cubrir el siniestro?

  6. Virginia dice:

    Hola, ayer cuando salí del trabajo en el parking del centro comercial donde trabajo un coche me había dado y se ha dado a la fuga. He pedido las cámaras pero el ángulo donde está mi coche no se ve por lo que no puedo dar con el culpable, se haría cargo el consorcio?

  7. JESUS dice:

    Buenos días, me dieron un golpe en el coche estando aparcado y me dejaron nota en parabrisas. La otra parte tiene seguro pero ha dado una versión de los hechos falsa e inamovible y el perito no la acepta, por lo que no me cubre el seguro. He hablado con ambas partes (seguro y otro conductor) y las posiciones no varían por lo que en principio me toca reparar a mi y luego reclamar importe por vía judicial a otra parte.
    Mi pregunta es si esta situación se podría incluir en uno de los supuestos en los que podría solicitar indemnización al consorcio. Gracias.

  8. JUAN JOSE dice:

    Hola, he tenido un accidente en la autovía A4, un objeto en medio de la carretera que no pude esquivar, se trata de unas cinchas de las que utilizan las grúas y los camiones. Se me bloqueó la rueda trasera, menos mal que llevo moto de 3 ruedas, y me pude hacer con ella. Lo peor fue los camiones que me pasaron rozando y los coches al ir a 120, más de 200 metros hasta parar. A los 5 minutos se presenta un vehículo de conservación y me dice que justo tenía un aviso de objetos en calzada en este punto kilométrico y venía a retirarlos. Este vehículo ha dado un parte y realizó fotos a mi vehículo. La guardia civil no se ha presentado, pero el vehículo de conservación ha grabado mi moto y la situación, yo no he sufrido gracias a dios daño alguno, pero la moto ha quedado bastante perjudicada, ¿Qué opciones tengo de reclamar y a quién? ¿Me debo conformar con lo que me diga mi seguro? Un saludo.

  9. desiree dice:

    Hola, hace más de un mes íbamos en el coche mi esposo, hija y yo. Mi esposo estaba dándole paso a otro coche que estaba saliendo de un estacionamiento y un chico nos embistió por detrás. Mi hija resulto lesionada de latigazo cervical y ha estado de baja. El chico no tenia seguro del coche y se empezó a tramitar todo por el consorcio, le hicieron el peritaje al coche, y hoy me informa mi aseguradora que tengo que cubrir yo el gasto de la reparación del coche y luego el consorcio me lo reintegrará pero a los dos o tres meses. Para nosotros es imposible, no tenemos dinero, no entiendo, somos los agraviados y todavía tenemos que pagar, mi pregunta: ¿es esto correcto y legal?

    1. Accigest dice:

      Hola Desiree, se puede hacer la reclamación únicamente con las fotos de los daños y el presupuesto o peritaje de reparación. Lo malo, es que en el caso de que el Consorcio no quiera abonarlo extrajudicialmente, tendríais que presentar una demanda por la vía judicial y la resolución podría demorarse más de un año.

Escribir un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Cuéntanos más sobre tu accidente!

Últimas publicaciones

Indemnización por accidente in itinere

En este articulo vamos a tratar sobre la indemnización en accidentes in itinere. Antes de empezar deberemos determinar qué es un accidente in itinere. Los accidentes de in itinere son aquellos que suceden durante el trayecto que realiza el trabajador desde su domicilio hasta su lugar de trabajo o viceversa.… Leer más