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¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública al servicio del sector asegurador. Se encuentra adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad y posee personalidad jurídica propia.
Cuando se contrata un seguro de daños propios o a terceros ampliado con incendio, robo o lunas, se suma un recargo a su precio que paga el tomador del seguro. Este recargo será ingresado al Consorcio por parte de las compañías aseguradoras. El Consorcio tiene estos recargos como ingresos principales.
Entre otras funciones, el Consorcio de Compensación de Seguros se debe hacer cargo del pago de las indemnizaciones por accidente de tráfico en algunos supuestos.
¿Cuándo podemos reclamar una indemnización por accidente al Consorcio?
Vehículo sin seguro
En el caso de que el vehículo responsable del siniestro no esté asegurado, el Consorcio deberá hacerse cargo de las indemnizaciones por lesiones y daños materiales.
Vehículo desconocido
Si el vehículo causante del accidente de tráfico se ha dado a la fuga del lugar del siniestro y nos ha sido imposible identificarle, el Consorcio se hará cargo de la indemnización por daños personales.
Solo en el caso de que los daños personales hayan sido significativos el Consorcio de Compensación de Seguros deberá abonar también la indemnización por daños materiales pudiendo fijar en este caso una franquicia no superior a 500€. Se consideran daños significativos: la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera más de siete días de hospitalización.
Es importante destacar que en este tipo de accidentes resulta imprescindible tener pruebas de la existencia del mismo, por ello resulta muy aconsejable avisar a la Policía en el lugar del accidente y tomar los datos de todos los posibles testigos. Aunque el vehículo causante no se encuentre en el lugar del accidente la Policía podrá comprobar que existan indicios de la participación de otro vehículo en el accidente (cristales rotos, marcas de frenado, etc…).
Compañía de seguros en liquidación o insolvente
Si la entidad aseguradora del vehículo causante del siniestro se encuentra en suspensión de pagos o bien ha sido declarada en fallida, el Consorcio indemnizará a las victimas tanto por los daños personales como por los daños materiales sufridos.
Vehículo robado
Cuando el vehículo responsable del accidente haya sido robado, el Consorcio se hará cargo de las indemnizaciones tanto por lesiones como por daños materiales.
El Consorcio de Compensación de Seguros no indemnizará a aquellas personas que voluntariamente sean ocupantes del vehículo responsable.
Si el vehículo culpable del siniestro no ha sido objeto de un robo sino de un hurto será la compañía aseguradora del mismo vehículo quién deberá hacerse cargo de las oportunas indemnizaciones.
Controversia entre la entidad aseguradora y el consorcio
El Consorcio indemnizará tanto por daños personales como por daños materiales a los perjudicados en un accidente de tráfico cuando exista una controversia acerca de quién debe indemnizar al accidentado.
Si posteriormente se resuelve que es la compañía de seguros la que debería haber abonado la indemnización, esta tendrá que pagar al Consorcio la cantidad previamente indemnizada más los intereses legales incrementados en un 25% desde la fecha en que se abonó la indemnización.
Si ha sufrido un accidente y se dan las circunstancias descritas anteriormente llámenos al 630202144 o rellene el formulario de contacto. Estudiaremos su caso y le ayudaremos en la reclamación de la indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros.
Hola, me han robado la moto y mi seguro a terceros no me cubre, ¿el consorcio se hace cargo de algo? Gracias, saludos.
Hola Ainhoa, no, no es uno de los supuestos que cubre el Consorcio.
Hola, ayer circulando por la A-21 en Navarra (autovía con peaje en la sombra….autovía con Concesionaria que se ocupa de su mantenimiento reparación, limpieza, quitanieves etc…. y que cobra de Gobierno de Navarra, de los presupuestos de este, según los coches que por ella circulen (hay contadores de vehículos en la vía)) me encontré con un tubo de escape en mitad de la vía, no pudiendo esquivarlo pasé por encima del mismo con los consiguientes daños en mi vehículo. Avise a Policía Foral, que se personó, encontró el tubo de escape y abrió expediente. Tengo seguro a todo riesgo con franquicia de 300€, ¿tendría derecho a reclamar al consorcio o a la concesionaria de la vía? ¿se debería encargar mi compañía de seguros? De primeras me dijeron que no me cubre el consorcio y me pusieron pegas al respecto de reclamar a la concesionaria de la vía.
Hola, al no existir lesiones graves el Consorcio solo cubriría la indemnización por daños personales pero no lo daños materiales. Con el atestado policial se debería valorar la posibilidad de reclamar a la concesionaria de la vía.
Hola. El 22 de diciembre de 2019 en Gerona hubo una gran ventisca por la noche con velocidades de viento a más de 120 kms por hora. Tenía el coche aparcado delante de un edificio en la calle Zamora,número 3. Debido al viento se desprendió una claraboya del tejado a una altura de cinco pisos, cayendo encima del coche dañandolo en varias partes del lateral izquierdo. Me dicen en el seguro que debo acudir al Consorcio. ¿Me pueden ayudar?
Hola Jerónimo, en efecto deberás reclamar al consorcio por la cobertura de riesgos extraordinarios. Puedes obtener más información en nuestro artículo sobre la cobertura por el Consorcio de riesgos extraordinarios.
El 25/03 un vehículo me golpeó por detrás, en ese momento no teníamos ningún parte amistoso y no pudimos rellenarlo, me facilitó todos sus datos personales, quedamos en llamarnos para hacer el parte amistoso otro día porque tenía prisa por recoger a su hijo del colegio o eso me dijo. Después de eso no supe más de ella, hay un testigo, la volví a llamar y me lo cogió y me dijo que hiciéramos el parte con fecha posterior porque en el momento de accidente no tenía seguro, el consorcio no se quiere hacer cargo de la indemnización alegando que sin parte amistoso no se hace cargo. Como víctima me siento estafado porque visto lo visto para que sirve un seguro. Gracias.
Hola Miguel Ángel, si como dice, tiene un testigo del accidente, contacte con él y que le haga una declaración escrita de lo que vio ese día. Con esta declaración el Consorcio debería hacerse cargo de la indemnización pertinente. Si quiere contacte con nosotros y le explicaremos lo que debería contener esta declaración del testigo.
El pasado mes de febrero tuvimos un accidente en el coche, se nos cruzó un peatón corriendo e impactó en el capo del coche teniendo éste daños. Acudió atestados y dictaminó después de la larga cuarentena que nosotros no éramos los culpables ya que teníamos el semáforo en verde, el peatón tenía su semáforo en rojo y cruzó corriendo y tenían los suficientes testigos para así dictaminarlo, incluidas fotos de todo… Pues bien mi duda es que el peatón tiene una discapacidad, como así nos lo hicieron saber, y se ha declarado insolvente, nos han dicho que tenemos que denunciarlo para que nos pague los daños pero: ¿en tal caso que no pueda pagarlos estos daños nos lo paga el consorcio?
Según nos han comentado, esté no tiene porque hacerse cargo de indemnizaciones por peatones aun teniendo ellos la responsabilidad. ¿Es esto cierto? ¿Tengo yo que cubrir los gastos del arreglo aún sin tener culpa alguna? Nuestro seguro es a terceros ampliado.
Hola, lamento decirle que el Consorcio de Compensación de Seguros no cubre este tipo de accidentes.
Buenos días, mi compañera de vehículo fue la causante el accidente y no tenía seguro. El consorcio me ha pagado una indemnización pero ésta resulta mucho menor que la que me correspondería a mi entender. ¿Puedo reclamar el exceso tanto al consorcio como a mi compañera de vehículo? Gracias.
Hola Macarena, si no has renunciado a seguir reclamando se debería formular una reclamación de mejora de la oferta al Consorcio, a tu compañera no.
Tuve un accidente de tránsito y el culpable no tenía seguro, con la baja mi nómina se vio afectada, mi pregunta es si el consorcio me cubre esa pérdida?
Hola Arturo. Si, el Consorcio deberá indemnizarte también por el lucro cesante además de por el resto de perjuicios.
El 28 de Agosto, un patinete, saltando a la calzada. Impactó en el lateral de mi vehículo causando rotura del cristal delantero y daños en el retrovisor y plancha. Vino la policía local y se abrió un parte. Parece ser que la compañía ha intentado ponerse en contacto con el chico pero sin éxito. En caso de no localizar al chico o que sea insolvente, ¿el Consorcio tiene que cubrir el siniestro?
Hola Manel, no, lamentablemente no se trata de uno de los casos que cubre el Consorcio.
He tenido un accidente yo solo con la moto y seguro a terceros, el seguro cubre al acompañante pero no a mí, ¿me cubre a mi el consorcio?
Hola Oscar, si te refieres a una indemnización por lesiones, al ser tu el responsable del accidente no tienes derecho a la misma.
Hola, ayer cuando salí del trabajo en el parking del centro comercial donde trabajo un coche me había dado y se ha dado a la fuga. He pedido las cámaras pero el ángulo donde está mi coche no se ve por lo que no puedo dar con el culpable, se haría cargo el consorcio?
Hola Virginia, no, lamento decirte que en estos casos el Consorcio no se hace cargo de los daños materiales.
Buenos días, me dieron un golpe en el coche estando aparcado y me dejaron nota en parabrisas. La otra parte tiene seguro pero ha dado una versión de los hechos falsa e inamovible y el perito no la acepta, por lo que no me cubre el seguro. He hablado con ambas partes (seguro y otro conductor) y las posiciones no varían por lo que en principio me toca reparar a mi y luego reclamar importe por vía judicial a otra parte.
Mi pregunta es si esta situación se podría incluir en uno de los supuestos en los que podría solicitar indemnización al consorcio. Gracias.
Hola Jesús, no, el Consorcio no debe indemnizarte, deberás reclamar al causante de los daños.
Hola, he tenido un accidente en la autovía A4, un objeto en medio de la carretera que no pude esquivar, se trata de unas cinchas de las que utilizan las grúas y los camiones. Se me bloqueó la rueda trasera, menos mal que llevo moto de 3 ruedas, y me pude hacer con ella. Lo peor fue los camiones que me pasaron rozando y los coches al ir a 120, más de 200 metros hasta parar. A los 5 minutos se presenta un vehículo de conservación y me dice que justo tenía un aviso de objetos en calzada en este punto kilométrico y venía a retirarlos. Este vehículo ha dado un parte y realizó fotos a mi vehículo. La guardia civil no se ha presentado, pero el vehículo de conservación ha grabado mi moto y la situación, yo no he sufrido gracias a dios daño alguno, pero la moto ha quedado bastante perjudicada, ¿Qué opciones tengo de reclamar y a quién? ¿Me debo conformar con lo que me diga mi seguro? Un saludo.
Hola Juan José, al tratarse de daños en el vehículo no se podría reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros. Con la documentación existente se debería valorar si es viable la reclamación al responsable de la vía.
Hola, hace más de un mes íbamos en el coche mi esposo, hija y yo. Mi esposo estaba dándole paso a otro coche que estaba saliendo de un estacionamiento y un chico nos embistió por detrás. Mi hija resulto lesionada de latigazo cervical y ha estado de baja. El chico no tenia seguro del coche y se empezó a tramitar todo por el consorcio, le hicieron el peritaje al coche, y hoy me informa mi aseguradora que tengo que cubrir yo el gasto de la reparación del coche y luego el consorcio me lo reintegrará pero a los dos o tres meses. Para nosotros es imposible, no tenemos dinero, no entiendo, somos los agraviados y todavía tenemos que pagar, mi pregunta: ¿es esto correcto y legal?
Hola Desiree, se puede hacer la reclamación únicamente con las fotos de los daños y el presupuesto o peritaje de reparación. Lo malo, es que en el caso de que el Consorcio no quiera abonarlo extrajudicialmente, tendríais que presentar una demanda por la vía judicial y la resolución podría demorarse más de un año.
Buenas tardes, mi marido tuvo un accidente con contrario sin seguro y estuvo 40 días de baja. El consorcio ya nos ha abonado los daños materiales pero no tenemos noticias de la indemnización por accidente de tráfico. Tendría derecho a ella? Muchas gracias.
Hola Maria, por supuesto que tiene derecho a ser indemnizado por las lesiones y daños personales también.