Si ha sufrido un accidente de tráfico en el cual no ha podido ponerse de acuerdo con el resto de implicados respecto a la versión de los hechos o la culpa en el siniestro, o bien si no dispone de los datos de los demás intervinientes, seguramente le interesará obtener copia del atestado policial en el caso que haya intervenido alguna autoridad policial.
Tabla de contenidos
¿Qué es un atestado policial?
El atestado policial es un documento oficial instruido por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, mediante el cual los agentes que intervienen tras la producción de un accidente de tráfico hacen constar los hechos ocurridos, las diligencias que han llevado a cabo para determinar estos hechos, y todos los demás datos relevantes que rodean el siniestro.

En este sentido, el atestado policial tiene dos funciones principales: Identificar a las partes implicadas en un accidente, y esclarecer los hechos ocurridos con el fin de determinar la culpabilidad del causante.
Además, en determinados casos, el atestado también servirá para establecer si los hechos que rodean el accidente podrían ser constitutivos de un delito en la circulación.
Contenido básico del atestado
Generalmente, el atestado tiene el siguiente contenido básico:
- Lugar, fecha y hora del siniestro.
- Datos de la policía interviniente.
- Identificación de las partes implicadas en el accidente (tanto de los vehículos como de los conductores, propietarios y compañías de seguros, peatones perjudicados, etc.).
- Manifestaciones y/o versiones de las partes implicadas.
- Identificación de posibles testigos oculares de los hechos.
- Manifestaciones y/o versiones de los testigos.
- Análisis de las circunstancias del siniestro (posición final de los vehículos, vestigios en la calzada, personas lesionadas, etc.).
- Descripción de la posible secuencia y/o mecánica de los hechos, atendiendo a lo anterior. En ocasiones, va acompañada de un croquis.
- Opinión y/o conclusiones de la patrulla.
¿Para que sirve el atestado?
El atestado policial adquiere especial relevancia, por un lado, para poder identificar al posible responsable en un accidente de tráfico y, por otro lado, para determinar su culpabilidad en el mismo.
En el caso de contar con un atestado favorable, será más sencillo poder alcanzar un acuerdo con la compañía de seguros del vehículo responsable, ya que la culpabilidad en el accidente estará acreditada. En este sentido, se tratará de discutir el alcance de los daños sufridos, pero ya no la responsabilidad del vehículo causante.
El hecho de no contar con un atestado favorable no implica automáticamente que no se tenga derecho a indemnización, si bien es cierto que las gestiones de reclamación podrán complicarse y alargarse mucho más que un supuesto en que se disponga de atestado favorable.
¿Siempre que intervenga la policía habrá atestado?
Aunque es habitual que, cuando la autoridad policial interviene tras un accidente, confeccione un atestado, puede ocurrir que en algunas ocasiones esto no sea así.
Un ejemplo en el que los agentes pueden considerar que es innecesario realizar un atestado es el caso en que los conductores de los vehículos implicados están de acuerdo sobre la versión de lo ocurrido (ya que, normalmente, también están dispuestos a confeccionar un parte amistoso).
Así pues, puede ocurrir que la autoridad policial acuda al lugar de los hechos, y ayude a los implicados a rellenar la Declaración Amistosa de Accidente sin levantar ningún atestado.
¿Qué plazo tengo para pedir un atestado?
Lo cierto es que no existe un plazo concreto o un tiempo determinado para poder solicitar el atestado policial, si no que es posible pedirlo en cualquier momento.
No obstante, es importante tener en cuenta que, de forma habitual, la policía tarda algunas semanas (en ocasiones, incluso, meses) en finalizar la confección del atestado.
Esto es así puesto que deben tomar declaración a los testigos e implicados, confeccionar un croquis del lugar del accidente, etc. Gestiones, todas ellas, que requieren de un cierto tiempo.
Por lo tanto, cuanto antes se solicite el mismo, antes se podrán esclarecer las circunstancias del accidente.
¿Cómo conseguir el atestado?
Para solicitar el atestado en las dependencias policiales competentes, existen diversas vías disponibles de tramitación.
A continuación, detallaremos cómo conseguir el informe de algunos de los cuerpos policiales más importantes:
– Mossos d’Esquadra
En Cataluña son los Mossos d’Esquadra los encargados de confeccionar el atestado de aquellos accidentes ocurridos en vías interurbanas (mientras que las policías Locales y Municipales son quienes realizan los atestados en accidentes ocurridos en vías urbanas).
Para obtener el informe policial o atestado cuando lo hayan levantado los Mossos d’Esquadra podremos hacerlo por Internet mediante la plataforma ATENEA, siempre y cuando dispongamos de un certificado digital, o bien presencialmente en la comisaría interviniente.
En la comisaría nos entregarán un formulario en el que deberán detallarse los datos identificativos de la persona solicitante y la condición en la que realiza la petición (perjudicado, representante, etc.).
En caso de que sea un representante legal del perjudicado quien solicite el informe de forma presencial (abogado, mediador, gestor, etc.), deberá aportar copia del documento de identidad de la víctima y una autorización con su consentimiento a que se le entregue el mismo.
En relación con los atestados que se encuentren en el Juzgado, actualmente se están llevando a cabo gestiones para modificar la plataforma ATENEA, dado que todavía no permite descargar directamente el documento, sino que únicamente facilita los datos del Juzgado al que ha sido remitido el atestado policial.
– Guardia Urbana de Barcelona
Cuando en el accidente interviniera la Guardia Urbana de Barcelona y necesitemos obtener el informe policial, también podremos solicitarlo por Internet mediante instancia genérica, siempre y cuando dispongamos de un certificado digital, a través de la carpeta de trámites de la web de l’Ajuntament de Barcelona, pudiendo iniciar el trámite como ciudadano o como empresa. El enlace es el siguiente:
https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/es/tramit/20210001495
Dicha instancia puede presentarse directamente en el Registro General o en cualquier Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) de Distrito.
En caso de no disponer de certificado digital, deberemos dirigirnos de forma presencial a la comisaría situada en la calle Guardia Urbana nº 3-5 de Barcelona, en horario de 9 a 14 horas.
Normalmente, solo nos pedirán el DNI (a no ser que vayamos en representación del perjudicado, en cuyo caso también nos pedirán copia de su DNI y una autorización firmada por el mismo dando su consentimiento a que nos entreguen el atestado).
Finalizada la tramitación presencial, en comisaría nos entregarán el atestado policial.
Si tiene cualquier duda, puede hacer la consulta directamente al correo electrónico GU_OIT_ACCIDENTS@bcn.cat o al teléfono 93 291 50 92.
– Guardia Civil
Para obtener un atestado instruido por la Guardia Civil (también denominado Informe Arena o Informe Estadístico), tenemos las opciones de solicitarlo personalmente en sus oficinas, vía correo electrónico o bien de forma telemática.
En este último caso, al que podremos optar si tenemos DNI, certificado electrónico o Cl@ve Pin, primero deberemos acceder al portal web de la Guardia Civil, al que se puede entrar a través del siguiente enlace:
https://guardiacivil.sede.gob.es/
Una vez en la web, se deberá entrar en la pestaña de “Tráfico”, dentro de la cual encontraremos la opción “Informes de accidentes de tráfico”.
Dentro de dicha opción, deberemos elegir la provincia o Subsector de Tráfico en el cual han ocurrido los hechos, ya que la Guardia Civil actúa en varios ámbitos.
Tras seleccionar el lugar del accidente, deberemos cumplimentar un formulario (ya sea como perjudicado o, en caso de disponer de representante legal, como representante), en cual hagamos constar los datos más relevantes del siniestro.
Acabado este proceso, deberemos esperar a recibir vía e-mail el informe o respuesta de la Guardia Civil.
– Policía Municipal de Madrid
Para disponer de un atestado emitido por la Policía Municipal de Madrid, podremos solicitarlo de manera presencial, con cita previa, en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas.
La solicitud de cita previa puede gestionarse desde el siguiente enlace:
Otra opción es rellenar una “solicitud de informe de actuaciones de bomberos, policía municipal y agentes de movilidad”, que encontraremos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. El enlace es el siguiente:
– Guardia Urbana de l’Hospitalet de Llobregat
Para obtener una copia del informe policial o del atestado, podemos tramitar la solicitud de forma telemática, siempre y cuando dispongamos de un certificado digital, a través del siguiente enlace:
Tras completar el formulario con todos los datos necesarios para localizar el atestado, la resolución de la solicitud se notificará a través de la misma sede electrónica, donde se facilitará el informe policial.
Otra manera posible de solicitar el atestado es de forma presencial presentando la petición al fax 93.402.95.76, indicando los datos del accidente y especificando si actuamos como representantes del lesionado.
Una vez preparado el informe, nos avisaran para que acudamos a la comisaría situada en calle Migdia, nº 5, 2ª de L’Hospitalet de Llobregat a recoger copia del documento.
Ante cualquier duda, pueden dirigirse al correo electrónico guardiaurbana@l-h.cat o al teléfono 93 409 10 92.
– Policía Municipal de Terrassa
Si el accidente ocurrió en Terrassa y precisamos el informe técnico o el atestado, deberemos constatar el número de informe a través del correo SGPM@terrassa.cat.
Una vez tengamos este número de referencia, deberemos pedir el informe policial entrando a la web del Ayuntamiento y rellenando los datos requeridos en el siguiente enlace:
https://aoberta.terrassa.cat/tramits/ferTramit.jsp?id=2781
Cuando se acabe de confeccionar el informe, el mismo nos será remitido en el plazo de un mes, aproximadamente, al correo electrónico que hayamos indicado en la solicitud.
La comisaría se encuentra en la Avenida de les Glories Catalanes nº 3 de Terrassa.
– Policía Municipal de Sabadell
La solicitud del atestado puede realizarse de forma telemática a través del siguiente enlace:
https://seu.sabadell.cat/opensiac/action/tramitesinfo;jsessionid=A4D03CDB963EC06363D4415BECE1DB4A?method=enter&id=185
Para ello es necesario disponer de un certificado digital.
Una vez presentada la solicitud, la resolución correspondiente será comunicada mediante la misma sede electrónica.
– Guardia Urbana de Badalona
Para tramitar la solicitud del atestado a la Guardia Urbana de Badalona se podrá hacer tanto a través de la web del Ayuntamiento como presencialmente, en la Jefatura de la Guardia Urbana o bien en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
En el caso de optar por la tramitación electrónica, se deberá rellenar el formulario electrónico disponible en la página web del Ayuntamiento de Badalona:
El tiempo de resolución, aproximadamente, es de un mes.
– Ertzaintza
La persona o entidad que desee obtener informes de accidente de tráfico instruidos por la Ertzaintza deberá remitir por correo electrónico el correspondiente formulario de solicitud con sus datos personales correctamente cumplimentados, junto con los datos básicos del atestado (fecha, lugar, matrículas de los vehículos implicados, referencia de la Ertzaintza, etc.).
Estos formularios rellenables se encuentran disponibles en todas las unidades de la Ertzaintza o se pueden descargar en el siguiente enlace:
Los particulares, sus representantes legales (abogados) o los familiares que representen a los particulares, también pueden solicitar una copia de los informes de accidente de forma presencial en cualquiera de las unidades de la Ertzaintza que dispongan de oficina de atención al público.
¿Cuánto cuesta el atestado?
Con la entrada en vigor de la nueva reforma legal, los atestados pueden solicitarse sin coste alguno, con independencia del cuerpo policial que los haya elaborado, incluso en los supuestos en los que el atestado haya sido remitido a la autoridad judicial. De este modo, quedan sin efectos las tasas municipales o autonómicas que anteriormente podían aplicarse para acceder a dichos documentos.
Art. 7 “Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas de la vigilancia del tráfico facilitarán de forma gratuita, a petición de los perjudicados, entidades aseguradoras, o sus representantes, y del Consorcio de Compensación de Seguros, copia del atestado o informe equivalente en el que conste toda la información sobre las circunstancias del accidente, incluso cuando lo hayan remitido a la autoridad judicial competente.”
¿Qué ocurre si no estoy de acuerdo con el atestado?
La policía no siempre refleja la verdad absoluta de lo ocurrido.
Puede ocurrir, en casos en los que los conductores implicados dan versiones contradictorias o, por ejemplo, cuando no hay testigos de los hechos, que la patrulla llegue a una conclusión errónea, basada en deducciones sin sustento probatorio.
Cabe decir que ello no tiene por qué ser por falta de diligencia de la policía, si no que a veces la patrulla no dispone de los medios técnicos necesarios para poder alcanzar una conclusión acertada.
Siendo así, ¿qué podemos hacer si la policía llega a una conclusión con la que no estamos de acuerdo?
Tenemos la posibilidad de rellenar una hoja de sugerencia/queja (que se puede solicitar y después entregar presencialmente en comisaría) o presentar un formulario de solicitud de rectificación de atestado (por medios telemáticos en los correspondientes canales oficiales), mediante el cual deberemos identificarnos, reflejar los datos del atestado con el que no estamos de acuerdo, y exponer los motivos por los cuáles consideramos que el mismo contiene algún error.
Asimismo, es importante acompañar a dicha solicitud cualquier documento o medio de prueba que permita a los agentes revisar de nuevo las circunstancias del accidente y, en su caso, decidir si rectifican algún extremo.
Por ejemplo: Si hubo algún testigo de los hechos cuya declaración no está incluida en el atestado, sería conveniente aportar su declaración escrita, junto a sus datos identificativos y una fotocopia de su documento de identidad.
Ejemplo de atestados
A continuación les mostramos algunos ejemplos de atestados:
- Mossos d’Esquadra
- Guardia Urbana de Barcelona
- Guardia Civil
- Policía Municipal de Madrid
- Policía Municipal de Terrassa
Si tiene problemas para obtener copia del atestado del accidente de tráfico que ha sufrido, no dude en contactar con ACCIGEST con el fin de que nuestros abogados puedan ayudarle.
Buenos días. El pasado 20 de Noviembre sufrí un atropello cuando cruzaba un paso de peatones en un pueblo de Huelva. Llegó la ambulancia y fui trasladado al hospital. Al mejorar ya en casa, me pongo en contacto con la policía local del pueblo y me dicen que ellos no tienen notificada ninguna incidencia ese día en concreto. Dispongo de la matricula del vehículo y varios testigos. También dispongo del informe de urgencias del hospital así como el parte que hace el hospital al juzgado de guardia. ¿Qué debo hacer? Gracias anticipadas por su tiempo. Un saludo.
Hola Jorge, si como dices, tienes testigos, no deberías tener problema para reclamar. Pide la declaración a los testigos y copia de sus DNIs. Si quieres llámanos y te diremos los pasos a seguir.