El baremo de accidentes de tráfico sube un 0,25% este 2018

El baremo de accidentes de tráfico sube un 0,25% este 2018. Abogados accidentes. Accigest.

Las indemnizaciones por accidentes de tráfico este 2018 suben un 0,25%, el mismo porcentaje que subieron el año anterior. Tan solo tres meses después de que se publicara por fin el baremo de 2017 ya podemos conocer el incremento a aplicar a partir del recién estrenado 2018.

Clicando en el siguiente enlace podrás descargarte el BAREMO DE ACCIDENTES DE 2018

La actualización del baremo de accidentes de 2018, conforme al Artículo 49 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, se realiza en base al índice de revalorización de las pensiones. Este año, como ya hemos indicado, según el Real Decreto 1079/2017, de 29 de diciembre la subida será del 0,25%.

Después de aplicar la subida del 0,25% de 2018 las indemnizaciones por lesiones temporales quedarán de la manera siguiente:

  • Día de perjuicio muy grave = 100,50€Indemnización por accidente de tráfico 2018
  • Día de perjuicio grave = 75,38€
  • Día de perjuicio moderado = 52,26€
  • Día de perjuicio básico = 30,15€

Ponemos a su disposición nuestra calculadora de indemnizaciones actualizada con la subida de 2018.

El resto de tablas también se han visto incrementadas por el mismo porcentaje exceptuando las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona que se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales.

Como ya advertimos el pasado año, en Accigest creemos que el hecho de que las indemnizaciones por accidente se actualicen en base al índice de revalorización de las pensiones y no en base al IPC tal y como sucedía antes de 2016 perjudica claramente a los lesionados por accidentes. Si bien el IPC es un indice objetivo y razonable que haría que las indemnizaciones fueran creciendo al ritmo del precio de la vida, el índice de revalorización de las pensiones depende de los presupuestos parlamentarios. En el contexto actual de España, con su enorme envejecimiento y con las evidentes dificultades para que el sector en edad laboral pueda sostener las pensiones, parece muy probable que en los años venideros el IPC crezca por encima del índice de revalorización de las pensiones tal y como ya ha sucedido los dos últimos años.

Asimismo, el salario mínimo interprofesional se ha incrementado en un 4% pasando de 9.906,40€ anuales a 10.302,60€. Este incremento afectará a las indemnizaciones por accidentes de tráfico en lo referente a:

  • El importe diario por lucro cesante por lesiones temporales para lesionados con dedicación exclusiva a las tareas del hogar pasa de 27,14€/día a 28,22€/día.
  • Los ingresos netos a tener en consideración a la hora de calcular el lucro cesante por secuelas y fallecimiento en el caso de personas desempleadas y lesionados o fallecidos con dedicación parcial o exclusiva a las tareas del hogar.

¿En qué accidentes de tráfico se aplicará el baremo del 2018?

En base al punto 1 del Artículo 40 de la LRCSCVM las actualizaciones se deben aplicar en el momento en que se determine el importe por acuerdo extrajudicial o por resolución judicial sin importar la fecha del accidente ni la fecha de estabilización de las lesiones (alta médica).

Los abogados de accidentes de Accigest están a su disposición para aclarar cualquier duda que tenga de forma gratuita, llámenos.

86 comentarios en “El baremo de accidentes de tráfico sube un 0,25% este 2018

  1. Alejandro dice:

    Hola, yo sufrí una caída con mi pareja desde un vallado de un complejo rural el cual estaba en mal estado. En ese momento yo estaba en una academia militar acabando la academia y no podía darme de baja porque me hacían repetir un año. La caída me ocasionó un desgarro de hombro y una rotura de labrum, lo cual me hacía ir a la academia con dolor. Eso fue el 14 de abril. El 22 de agosto me operé del hombro y ahora estoy ya de baja en el cuartel y voy a estar unos 4 meses según me ha dicho el médico. La consulta es la siguiente: ¿me pertenecen desde el día 14 hasta el 22 que me operaron unos 30€ no?. Y luego, ¿unos 53 por día de baja más los dos días de hospitalización que son sobre los 100?. ¿Es así o me equivoco?. Luego preguntarle si por la artroscopia de hombro, que son 3 incisiones, me pertenece indemnización por perjuicio estético por las cicatrices y después cuando me correspondería por la artroscopia de hombro por desinserción de labrum anterior que afectó también a ligamentos. Gracias por atenderme. Un saludo.

    1. Julià Figueras Becé (Gestor en Accigest) dice:

      Hola Alejandro, el Baremo a que te refieres es de aplicación sólo a los lesionados en accidentes de tráfico. En tu caso no estaríamos ante dicho supuesto. Ahora bien, también es cierto que dicho Baremo puede aplicarse, de manera total o parcial, por analogía en otros ámbitos de la Responsabilidad Civil. Saludos.

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Opiniones de nuestros clientes

Noemi Juana Avatar
Noemi Juana
11/05/2026
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Joel López Avatar
Joel López
08/05/2026
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Marcos Vall Avatar
Marcos Vall
05/05/2026
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María José Corredor Ibañez Avatar
María José Corredor Ibañez
05/05/2026
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Mostafa Afantrous Avatar
Mostafa Afantrous
05/05/2026
Edgar Maties Avatar
Edgar Maties
05/05/2026
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