Reclamación de indemnización por siniestro total

Reclamación indemnización por accidente de tráfico. Abogados accidentes de tráfico. Accigest.

¿Han declarado tu vehículo siniestro total? Tenemos la mejor solución

Si ha llegado hasta aquí, seguramente sea porque la compañía de seguros le ha comunicado que han declarado su coche o moto siniestro total tras haber sufrido un accidente de tráfico. Si quiere saber lo que esto significa y la mejor solución para su caso en concreto, le interesará seguir leyendo.

A groso modo un vehículo es declarado siniestro total cuando después de un accidente el valor de reparación del mismo es superior al valor del propio vehículo.

En esta situación sus derechos serán unos u otros dependiendo de si ha sido o no el responsable del accidente, y de si el vehículo se encontraba asegurado a Todo Riesgo o a Terceros.

Siga los siguientes pasos, nosotros le ayudaremos:

1
Cuestionario
2
Entrada de datos
3
Envio de documentación
4
Final
¿Has sufrido tu o algún ocupante del vehículo lesiones?

Si algún ocupante del vehículo ha sufrido lesiones debes saber que la reclamación de la indemnización por la pérdida total del vehículo o la reclamación de su reparación puede salirte gratis.

Rellena los siguientes datos y un gestor especialista se pondrá en contacto contigo de forma inmediata para informarte de nuestros servicios o si lo prefieres llámanos al 630202144:

(*) Campos obligatorios
¿Has tenido la culpa del accidente?
¿Tienes seguro a todo riesgo?
¿Qué prefieres hacer?
  • Reclamar la máxima indemnización sin quedarme con los restos del vehículo.
  • Reclamar la máxima indemnización quedándome con los restos del vehículo.
  • Reparar el vehículo y posteriormente reclamar el coste de dicha reparación.
  • Reclamar el coste de la reparación del vehículo sin haberlo reparado.

Para conocer mejor las ventajas e inconvenientes de cada opción, visita este "enlace".

Lamentamos comunicarte que no tienes derecho a ninguna indemnización por los daños causados a tu vehículo.

¿Tienes ya oferta por el vehículo?
Formato: Solamente utilizar "." para separar los decimales.
(Incluido el valor de los restos si te lo han desglosado.)
SI CONSEGUIMOS UNA OFERTA SUPERIOR A LA ACTUAL SÓLO COBRAMOS 150€!
  • - Accigest se encargará de realizar todos los trámites extrajudiciales oportunos para conseguir la máxima indemnización por tu vehículo en el menor tiempo posible.
  • - Solo deberás abonarnos 150€ IVA incluido una vez hayas recibido la indemnización si tu sales beneficiado (en un importe superior a los 150€ mencionados) respecto a la oferta actual.
POR SÓLO 150€ TE GARANTIZAMOS LA MÁXIMA INDEMNIZACIÓN!
  • - Accigest se encargará de realizar todos los trámites extrajudiciales oportunos para conseguir la máxima indemnización por tu vehículo en el menor tiempo posible.
  • - Solo deberás abonarnos 150€ IVA incluido una vez hayas recibido la indemnización.
¿Tienes ya oferta de indemnización por el vehículo?
Formato: Solamente utilizar "." para separar los decimales.
(Incluido el valor de los restos si te lo han desglosado.)
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  • - Solo deberás abonarnos 150€ IVA incluido una vez hayas recibido la indemnización.

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(*) Campos obligatorios
¿Algún ocupante distinto al conductor ha sufrido lesiones?

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(*) Campos obligatorios
(*) Campos obligatorios

Sube la siguiente documentación:

Ficha técnica (*)
Permiso circulación (*)
Condiciones generales de la póliza (*)
Condiciones particulares de la póliza (*)
Parte amistoso y/o atestado de la policía
Peritaje y/o presupuesto de reparación del vehículo
Fotos del vehículo
Documento acreditativo de la oferta actual (si no fue verbal) (*):
(*) Campos obligatorios
Máximo tamaño de los archivos: 200M
Archivos permitidos: png, jpg, jpeg, pdf, docx, doc, odt

La documentación ya ha sido enviada.

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Formalización de encargo

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Veamos los distintos supuestos:

Siniestro total por accidente sin culpa

Tenía el coche aparcado y se lo han golpeado o simplemente ha tenido un accidente sin culpa alguna y, sin comerlo ni beberlo, se encuentra sin coche y, por si esto fuera poco, su compañía de seguros le ha comunicado que lo han declarado siniestro total.

Abramos en este punto un paréntesis para explicar que en el caso de que tu vehículo esté asegurado a Todo Riesgo tendrá derecho a ser resarcido por tu propia compañía por el valor pactado en la póliza (ver siguiente apartado SINIESTRO TOTAL POR ACCIDENTE CON CULPA). Si considera que dicha indemnización no le resarce la totalidad de daños y perjuicios causados, será de aplicación también lo dispuesto a continuación.

Así pues, tras la comunicación de siniestro total se estará preguntando qué derechos tiene y cómo puede ejercerlos, pero antes de explicárselo es necesario que conozca contra quién deberás ejercerlos.

Aunque le parezca sorprendente, la mayoría de las veces, en virtud de los Convenios CIDE, ASCIDE y CICOS, suscritos por las principales compañías aseguradoras en caso de siniestro, quien pagará extrajudicialmente la reparación o la indemnización por la pérdida total de su vehículo será su propia compañía de seguros, aunque el accidente no haya sido culpa suya. Únicamente se deberá reclamar a la compañía del responsable del accidente cuando no sean de aplicación los mencionados convenios o cuando dicha reclamación se tenga que hacer judicialmente.

Dicho esto, debería tener claro que su compañía de seguros no le va ayudar a conseguir la máxima indemnización, pues en la mayoría de los casos será ella misma la que deberá abonársela.

Cuando la culpa no haya sido suya, legalmente, estaremos en lo dispuesto en el Artículo 1.902 del Código Civil que dice:

El que por acción u omisión causa un daño a otro interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

El plazo de prescripción para ejercitar la reclamación al responsable del accidente es de un año desde la fecha del siniestro según lo dispuesto en el Artículo 1.968 del Código Civil.

Conviene considerar que según el Artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro la compañía aseguradora incurrirá en intereses de mora cuando «…no hubiere cumplido su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro…».

Bien, vayamos a lo que interesa, si han declarado su vehículo siniestro total tiene estas cuatro opciones:

1- Reclamar la máxima indemnización sin quedarme con los restos del vehículo:

Esta es la mejor opción si quiere olvidarse del vehículo accidentado y reclamar la máxima indemnización, la cual debería permitirle comprar otro coche o moto de similares características.

Debe saber que, en este caso, tiene derecho a reclamar una indemnización correspondiente al valor venal del vehículo siniestrado más el treinta por ciento de dicho importe como valor de afección, en el supuesto de que el vehículo en cuestión sea un turismo o una motocicleta (el porcentaje del valor de afección puede variar según criterios jurisprudenciales de cada zona).

El valor resultante en la mayoría de casos será similar al valor de mercado del vehículo, es decir, al precio de compra de dicho vehículo en el mismo momento del accidente. Si el valor resultante fuese muy inferior al valor de mercado se debería realizar la reclamación en base al mencionado valor de mercado del vehículo.

El valor venal es el importe que se obtendría por la venta del vehículo en el momento del accidente. Para conocer este valor deberemos acudir a empresas especializadas en tasaciones de vehículos como pueden ser Ganvam o Eurotax.

A modo de ejemplo, a continuación pueden ver el valor venal de un coche en concreto:

Valor venal coche

El acceso a estas tablas de valoración es restringido, solo tienen acceso los asociados a las mismas (talleres mecánicos, gabinetes periciales, compañías de seguros, despachos de abogados, etc.). Se debe tener en cuenta que los valores que constan en las tablas publicadas por el Ministerio de Hacienda en cuanto a la valoración de vehículos no son los que se deben aplicar para este menester.

Entonces, por ejemplo, si el valor venal de su vehículo es de 2.000€, le pertenecerá la siguiente indemnización:

2.000€ (valor venal) + 600€ (30% del valor venal como valor de afección) = 2.600€

Si la compañía no quiere quedarse con los restos del vehículo deberá facilitarle una oferta vinculante por los mismos de alguna empresa especializada o desguace. De este modo, cobrará el valor de los restos por parte del desguace y la compañía le abonará el total de la indemnización menos el importe de los restos ya cobrado.

POSIBLE PROBLEMA:

  • Seguramente la compañía le traslade una oferta a la baja teniendo en cuenta solo el valor venal, sin considerar el valor de afección.

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2- Reclamar la máxima indemnización quedándome con los restos del vehículo:

Esta opción es la mejor si quiere quedarse el vehículo tal y como está ahora, para venderlo o para repararlo por su cuenta, y además reclamar la indemnización pertinente.

Debe saber que, como en el anterior caso, tiene derecho a reclamar una compensación que será el valor venal del vehículo siniestrado más el treinta por ciento de dicho valor como valor de afección, aunque en este caso a dicha indemnización se le restará el valor de los restos que te facilite la compañía mediante una oferta vinculante.

Por ejemplo, pongamos que el valor venal del vehículo sigue siendo de 2.000€, como en el anterior caso, y que el valor de los restos (del coche tal y como está ahora) es de 250€:

2.000€ (valor venal) + 600€ (30% del valor venal como valor de afección) - 250€ (valor de restos) = 2.350€

POSIBLE PROBLEMA:

  • Seguramente la compañía le traslade una oferta a la baja teniendo en cuenta solo el valor venal, sin considerar el valor de afección.

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3- Reparar el vehículo y posteriormente reclamar el coste de dicha reparación:

Si lo que quiere es reparar su vehículo, lo más aconsejable es que adelante el importe de la factura de dicha reparación para posteriormente reclamar el pago de dicho importe a la compañía aseguradora, primero extrajudicialmente y, en última instancia, por la vía judicial (en base al Artículo 1.902 del Código Civil). En ambos supuestos, se considera que el documento que acredita de forma fehaciente el hecho de haberse llevado a cabo la reparación es la factura y su correspondiente recibo.

Esta reclamación casi siempre termina de forma satisfactoria, pero cuando el valor de reparación excede por mucho al valor del vehículo existe el riesgo de que el juez la estime como una operación anti-económica y solo pueda recuperar parte del importe de la factura.

Siniestro total accidente de tráfico

POSIBLES PROBLEMAS:

  • Si la reclamación se realiza por la vía judicial la resolución se puede retrasar varios meses.
  • Si el valor de reparación excede por mucho al valor de mercado del vehículo el juez podría considerarla como una operación anti-económica y condenar a la compañía a pagar solo una parte de la factura.

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4- Reclamar el coste de reparación del coche sin haberlo reparado:

Si lo que quiere es reclamar el importe de la reparación, pero sin tener que adelantar el dinero, lo primero que deberá conseguir es un peritaje, un presupuesto o una factura pro-forma del coste de la reparación.

Con total seguridad la compañía no querrá hacerse cargo de la misma de forma amistosa, así que tendrá que reclamar el coste de reparación judicialmente.

De este modo, al igual que en el caso anterior, si el coste de reparación es muy superior al del valor del vehículo el juez puede estimar dicha operación como anti-económica.

Por otro lado, al no haberse efectuado la reparación, el juez puede interpretar que dicha reparación no se va a efectuar y por tanto no considere acreditado el perjuicio real, condenando a la aseguradora tan solo a abonar el valor venal del vehículo. Además, al carecer de factura, el juez jamás considerará la indemnización correspondiente por el concepto del IVA que no se ha llegado a soportar.

POSIBLES PROBLEMAS:

  • Si la reclamación se realiza por la vía judicial la resolución se puede retrasar varios meses.
  • Si el valor de reparación excede por mucho al valor de mercado del vehículo el juez podría considerarla como una operación anti-económica y condenar a la compañía a pagar solo una parte del presupuesto o peritaje.
  • Al carecer de factura podrían condenar a pagar solo la base imponible del presupuesto sin el IVA.
  • Podrían no considerar acreditado el perjuicio al no disponer de factura.

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Siniestro total por accidente con culpa

Si ha sufrido un accidente del cual ha sido el responsable, solo tendrás derecho a la indemnización por la pérdida total del vehículo en el supuesto de que tenga contratado un seguro a Todo Riesgo.

La indemnización que le corresponderá será la establecida en las condiciones particulares y generales de la póliza contratada. Nos podemos encontrar con entidades aseguradoras que fijan la indemnización según el valor venal, otras según el valor de mercado y algunas en determinados casos el valor de nuevo. El estudio del condicionado de la póliza y el conocimiento de dichos valores será determinante para poder valorar si la oferta de indemnización es correcta o no.

Puesto que nos hallamos en una reclamación contractual el plazo de prescripción para ejercitar dicha reclamación es de dos años según lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro.

Según el Artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro la compañía aseguradora incurrirá en intereses de mora cuando «… no hubiere procedido al pago del importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro.».

POSIBLES PROBLEMAS:

  • Que la oferta de la compañía no se ajuste a lo contratado en póliza.

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Si le ha quedado alguna duda acerca de sus derechos, puede contactar con los gestores expertos de Accigest o dejar un comentario a continuación para que se la resolvamos.

497 comentarios en “Reclamación de indemnización por siniestro total

  1. Jaime dice:

    En mi caso tengo un Honda Civic 1.8 Vtec Sport 140 CV del 2006 con 170000 km, en perfecto estado, mientras estaba aparcado otro coche le dio. Según la aseguradora sale más cara la reparación que el valor del coche. La aseguradora me ofrece €1700. Según veo en páginas coches en el las mismas condiciones del mio valen €6000. Un dato curioso es que la aseguradora del otro es la misma que la mía.

      1. Fran dice:

        He tenido un alcance con otro vehículo, la Compañía Contaría ha reconocido su culpa por Conducción Imprudente y en Parte Temeraria que tengo grabada con una DashCam, pero dan Siniestro el vehículo por exceder el precio de las reparaciones conforme el precio Venal. He visto en internet algunos comprobadores de precio Venal y mi vehículo al ser de Noviembre de 2005 me darían el 10% según indican los baremos.
        Esos baremos son generalistas y por lo que veo, son precios de los vehículos más bajos o base de gama, sin Extras, etc…
        El vehículo necesito quedarme con él, ya que incluyendo los extras no me da ni para un vehículo de tercera o cuarta mano, de hecho, ni para adquirir una motocicleta de 125.
        Quiero quedarme el vehículo y repararlo, porque no son tan graves los daños, paragolpes delantero, aletas delanteras por el alcance, luego Circuito de Climatización y Refrigeración del vehículo falta por reparar. La luna ya la reparó mí seguro porque tengo contratado Terceros Plus (Lunas, Robo e Incendio), que se daño a raíz del alcance.
        Estoy esperando que el seguro me confirme y como proceder ya que tengo Asesoramiento jurídico y supuestamente mi seguro luchará por qué arreglen el vehículo la compañía contraria. Pero después de leer éste y otros artículos, tengo la opción de llevar mi vehículo a otro taller, que me hagan un Presupuesto de las reparaciones una vez sepa lo que la compañía contraria haya peritado, y conforme a ello, comparar el peritaje y el presupuesto y después, arreglar mi vehículo por mis medios y después reclamar la cantidad, primero de forma ordinaria o mediante una Reclamación o Recurso Administrativo, y sí no responden en tiempo y forma, interponer la reclamación por vía judicial en el juzgado de lo social. ¿Cómo procedo en mi caso? El taller me llamó el lunes de la semana pasada para ir a recoger el vehículo porque la aseguradora le ha informado al taller que lo dan Siniestro, de hecho el taller me llamó antes de ser informado por mi seguro. Estoy esperando a ver si mí compañía me dice algo, porque ya le llamé ayer para ver cómo va todo y hoy me dirían algo, por teléfono y email. Estoy con Génesis y la contraria es Mutua Madrileña, compañía de la que fui cliente durante más de 20 años, hasta que me subieron el precio del seguro más del doble.
        Necesito un poco de información, porque soy una persona con una Incapacidad, mi pensión de Incapacidad es baja, y en el ICAM, no me dan abogado de oficio hasta que interponga la demanda en los juzgados. ¿Qué hago? ¿Sigo dejando el vehículo en el taller oficial de la casa hasta que el seguro me diga algo? ¿Puedo sacar el vehículo y repararlo sin tener notificaciones de nadie y después pasar factura? Tengo que pasar la ITV en agosto y a parte de la colisión, tengo que cambiar los Discos y Pastillas de freno y arreglar una avería que me sale en el cuadro de instrumentos. ¿Puedo reclamar daños y prejuicios si no llego a tiempo a pasar la ITV?. Un saludo y siento extenderme tanto.

        1. Accigest dice:

          Hola Fran, antes de nada deberías asegurarte de que el importe de la reparación (realizada en el taller que tú desees) no supera por mucho el valor de mercado real del vehículo. De ser así puedes proceder a la reparación y reclamar posteriormente con la factura a la compañía aseguradora. Si la reparación asciende a mucho más que el valor de mercado y aún así decides repararlo corres el peligro de no poder recuperar una parte del valor de la factura.
          Debes saber, también, que si en el siniestro se aplica el Sistema CICOS, tu compañía no podrá ayudarte al respecto.

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Opiniones de nuestros clientes

Jose Alonso Avatar
Jose Alonso
10/07/2025
Muy atentos y buena gestión de todos los trámites necesarios. Kelly estuvo pendiente de todo el proceso. Muy recomendables.
Alfredo Martín Rodríguez Avatar
Alfredo Martín Rodríguez
07/07/2025
Un servicio de 10, siempre atentos a todas las consultas. Kelly una auténtica profesional
Alirio Rodriguez Avatar
Alirio Rodriguez
06/07/2025
Excelente Atención y rapidez en todo el proceso desde el momento que contacte con ellos y asesoramiento, los recomiendo y muy agradecido por todo. 👋🏼🙏🏻
Agata Machalinska Avatar
Agata Machalinska
04/07/2025
El trato muy amable y me han gestionado la indemnización súper rápido. Sola nunca hubiera podido reclamar nada. Muy recomendable!
Samuel Caballero Avatar
Samuel Caballero
04/07/2025
Profesionales y consiguieron darme soluciones antes que mi propia compañía. Recomendable al 100%. Muchas gracias!!
Sofía Lozano Revelles Avatar
Sofía Lozano Revelles
04/07/2025
Atención de 10, respondieron todas mis dudas e hicieron una gestión excelente!

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